{"id":12260,"date":"2016-11-15T15:50:20","date_gmt":"2016-11-15T19:50:20","guid":{"rendered":"http:\/\/www.debateplural.com\/?p=12260"},"modified":"2016-11-15T15:50:20","modified_gmt":"2016-11-15T19:50:20","slug":"recurso-revision-constitucional-sentencia-la-suprema-corte-justicia-favorecio-odebrecht-cdeee","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/debateplural.net\/site\/2016\/11\/15\/recurso-revision-constitucional-sentencia-la-suprema-corte-justicia-favorecio-odebrecht-cdeee\/","title":{"rendered":"Recurso de revisi\u00f3n constitucional contra sentencia de la Suprema Corte de Justicia que favoreci\u00f3 a Odebrecht-CDEEE"},"content":{"rendered":"<p><strong>Enrique de Le\u00f3n, Ambientalista (15-11-16)<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a1Ni D\u00edos para estas plantas! As\u00ed se expres\u00f3 en septiembre del 2014, Rub\u00e9n Jim\u00e9nez Bichara, 1er. Vicepresidente de la Corporaci\u00f3n Dominicana de Empresas El\u00e9ctricas Estatales (CDEEE), el heraldo de un poder por encima de la ley, de la justicia y de la raz\u00f3n, despu\u00e9s que el<a href=\"http:\/\/localhost\/debateplural\/tag\/tribunal-superior-administrativo\"> Tribunal Superior Administrativo<\/a> levant\u00f3 la medida cautelar que este mismo tribunal hab\u00eda decidido de la contrataci\u00f3n de <a href=\"http:\/\/localhost\/debateplural\/tag\/odebrecht\">Odebrecht<\/a> y la suspensi\u00f3n de la construcci\u00f3n de las plantas de carb\u00f3n de <a href=\"http:\/\/localhost\/debateplural\/tag\/punta-catalina\">Punta Catalina<\/a>, en la provincia Peravia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Efectivamente, en la construcci\u00f3n de estas plantas de carb\u00f3n se han cometido todo tipo de abusos e ilegalidades en medio del m\u00e1s oscuro apag\u00f3n de la transparencia institucional. Punta Catalina ha avanzado arrollando todo l\u00edmite, violentando derechos y trag\u00e1ndose la justicia y la ley misma. En opini\u00f3n de una de sus primeras v\u00edctimas, es un fraude colosal, el mayor de toda la historia de la <a href=\"http:\/\/localhost\/debateplural\/tag\/republica-dominicana\">Rep\u00fablica Dominicana<\/a>.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sin sospecha de ser ambientalistas y enemigos del carb\u00f3n y de su contaminaci\u00f3n. Por el contrario, empresas constructoras de plantas de carb\u00f3n,\u00a0 Gezhouba Group Company Limited (CGGC) y el Consorcio IMPE, SRL, la primera china y la segunda dominicana, han interpuesto recientemente una revisi\u00f3n constitucional en el Tribunal Constitucional, en contra de la sentencia 2015-2190\u00a0 dictada por la 3era. Sala \u00a0de la C\u00e1mara de Tierras, Contencioso-Administrativo y Contencioso y Tributario de la Suprema Corte de Justicia que les deniega justicia ante el atropello que han sufrido por parte de la CDEEE y del propio gobierno.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En este recurso de revisi\u00f3n constitucional, estas empresas denuncian los detalles de c\u00f3mo se ha urdido y cometido esta hist\u00f3rica estafa de Punta Catalina. Es una historia digna de una novela de capos y de mafias, cuya trama se desarrolla aqu\u00ed, \u00a0en esta media isla tropical y con personajes p\u00fablicos conocidos que aparecen frecuentemente en los medios de comunicaci\u00f3n. Una vez m\u00e1s la realidad supera con creces la ficci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La primera puesta en escena es la licitaci\u00f3n del contrato. La empresa que organiza el concurso es la Stanley Consultans, socia de negocios del que resulta ganador de la licitaci\u00f3n, el consorcio brasile\u00f1o Odebrecht.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Ambas empresas fueron socias en las gestiones realizadas para adquirir una planta generadora de electricidad a carb\u00f3n en el Estado de Kentucky, EUA, para ser vendida a la CDEEE. Bastar\u00eda este hecho para invalidar por tr\u00e1fico de influencia esta licitaci\u00f3n en cualquier parte del mundo, menos aqu\u00ed.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Odebrecht participa en esta licitaci\u00f3n con la empresa Tecnimont que est\u00e1 involucrada en litis judiciales en Brasil, Chile y en otros pa\u00edses de Am\u00e9rica Latina. Los T\u00e9rminos de Referencia de la licitaci\u00f3n impiden la participaci\u00f3n de empresas que est\u00e9n en esa situaci\u00f3n. Sin embargo, los responsables de la licitaci\u00f3n lo pasaron por alto.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El contrato para construir a Punta Catalina se adjudic\u00f3 a la oferta m\u00e1s cara y que nunca ha construido una planta de carb\u00f3n en toda su existencia. La diferencia entre Odebrecht-Tecnimont es m\u00e1s del doble de las dem\u00e1s empresas concursantes. US$2,040 millones contra US$900 millones.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los dos \u00fanicos miembros del comit\u00e9 de licitaci\u00f3n que no son empleados o funcionarios de la CDEEE, no firmaron los resultados de esta licitaci\u00f3n. Son ellos Ram\u00f3n Flores e Isidoro Santana, este \u00faltimo actual ministro de Econom\u00eda, Planificaci\u00f3n y Desarrollo (MEPyD).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La segunda escena ocurre cuando el Tribunal Superior Administrativo emite, el 13 de agosto de 2014, una medida cautelar de la contrataci\u00f3n de Odebrecht y ordena la paralizaci\u00f3n de la construcci\u00f3n de las plantas de carb\u00f3n de Punta Catalina. El gobierno y la CDEEE declaran a los medios de comunicaci\u00f3n que esta obra es una necesidad nacional que no puede detenerse por ninguna raz\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tras estas declaraciones, el mismo tribunal y la misma jueza que emiti\u00f3 la medida cautelar del contrato de Odebrecht y la suspensi\u00f3n de los trabajos de construcci\u00f3n de Punta Catalina, con un mes de diferencia, el 18 de agosto de 2014, deja sin efecto estas medidas. Repite como argumento judicial lo dicho por el gobierno y por la CDEEE: Punta Catalina es una necesidad nacional que no puede paralizarse.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sin embargo, el Tribunal Superior Administrativo deb\u00eda de pagar el error que hab\u00eda cometido con la medida cautelar del contrato de Odebrecht y la orden de suspensi\u00f3n de la construcci\u00f3n de Punta Catalina. Este tribunal sufri\u00f3 durante el resto del a\u00f1o 2014 el desmembramiento de sus integrantes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Gezhouba Group Company Limited (CGGC) y el Consorcio IMPE, SRL apelar\u00e1n este fallo primero ante el propio Tribunal Superior Administrativo y despu\u00e9s ante la Suprema Corte de Justicia. Ambas instancias rechazaron la apelaci\u00f3n de estas empresas bajo el argumento de que IMPE no tiene la representaci\u00f3n de su socia, la china CGGC, ignorando la existencia del contrato de consorciamiento existente entre ambas empresas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La tercera escena a penas inicia. Estas dos empresas han incoado un recurso en revisi\u00f3n constitucional ante el Tribunal Constitucional. \u00bfSe enfrentar\u00e1 este tribunal al designio de \u201c\u00a1Ni D\u00edos para estas plantas!\u201d? \u00bfEst\u00e1 este tribunal por encima del d\u00edos\u00a0 que no posee el poder de parar estas plantas?<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Probablemente el fallo que surja de este tribunal confirme que en el Macondo caribe\u00f1o que es este pa\u00eds, gobierna un d\u00edos cuya voluntad es todopoderosa y omn\u00edmoda gracias al abuso de poder y a la ruindad y a la corrupci\u00f3n de sus instituciones p\u00fablicas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Lea este recurso de revisi\u00f3n constitucional interpuesto por Gezhouba Group Company Limited (CGGC) y el Consorcio IMPE, SRL, en la secci\u00f3n de archivos de la p\u00e1gina del Comit\u00e9 Nacional de Lucha contra el Cambio Clim\u00e1tico.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Enrique de Le\u00f3n, Ambientalista (15-11-16) \u00a1Ni D\u00edos para estas plantas! 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