{"id":13961,"date":"2017-02-02T10:45:56","date_gmt":"2017-02-02T14:45:56","guid":{"rendered":"http:\/\/www.debateplural.com\/?p=13961"},"modified":"2017-02-02T10:45:56","modified_gmt":"2017-02-02T14:45:56","slug":"ley-mecenazgo-valioso-instrumento-desarrollo-cultural","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/debateplural.net\/site\/2017\/02\/02\/ley-mecenazgo-valioso-instrumento-desarrollo-cultural\/","title":{"rendered":"Ley de Mecenazgo: valioso instrumento para el desarrollo cultural"},"content":{"rendered":"<p><strong>Carlos Santos (D. Libre, 20-7-16)<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En los \u00faltimos 20 a\u00f1os, nuestro pa\u00eds ha dado pasos importantes en materia de reforma cultural. Entre estos se destaca la creaci\u00f3n del Ministerio de Cultura, mediante la Ley 41-00 de 28 de junio de 2000, as\u00ed como la aprobaci\u00f3n de otras leyes: la 502-08 sobre el Libro y Bibliotecas; la 82-13 de Fomento de la Industria Cinematogr\u00e1fica, la 481-08, sobre Archivos de la Rep\u00fablica Dominicana, y el paso m\u00e1s esperado: el reconocimiento de los derechos culturales en el art\u00edculo 64 de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica, promulgada el 10 de enero de 2010.<\/p>\n<p>A esta lista de logros en materia cultural habr\u00eda que agregar la Ley 1-12 sobre la Estrategia Nacional de Desarrollo de la Rep\u00fablica Dominicana 2010- 2030, que incluye los ejes del desarrollo cultural.<\/p>\n<p>No obstante estas reformas, el sector cultural sigue adoleciendo de un presupuesto deficitario, el cual apenas llega al 0.33% del Presupuesto General de la Naci\u00f3n, cifra que dista mucho de las recomendadas por la UNESCO, que sugiere a los Estados que aporten no menos que el 1% del presupuesto de la naci\u00f3n para la acci\u00f3n cultural.<\/p>\n<p>Ante la necesidad de buscar nuevas fuentes para financiar la cultura, se formula la Ley de Mecenazgo, a trav\u00e9s de la cual se podr\u00edan dar apoyo a las iniciativas culturales del sector.<\/p>\n<p>Esta legislaci\u00f3n responde a las reformas que estaban pendientes en la propia ley de Cultura 41-00, que establece en su articulo 58, literal b), cito: \u201cLa Secretar\u00eda de Estado de Cultura, en consulta con los organismos pertinentes, har\u00e1 los estudios necesarios para proponer una pol\u00edtica integral de incentivos fiscales, de mecenazgo y de exoneraci\u00f3n de impuestos en materia de cultura. Asimismo se investigar\u00e1n nuevas fuentes de ingresos para el financiamiento de la cultura\u201d. Hab\u00eda pasado el tiempo y este mandato de la Ley se hab\u00eda convertido en letra muerta.<\/p>\n<p>De manera muy oportuna, en el a\u00f1o 2012, el diputado Manuel Jim\u00e9nez, ex miembro del Consejo Presidencial de Cultura, retom\u00f3 el mandato de la Ley 41-00, proponiendo la Ley de Mecenazgo que fue conocida en primera lectura por la C\u00e1mara de Diputados. Es importante reconocer el seguimiento, que desde el 2012, ha dado el Ministerio de Cultura a la aprobaci\u00f3n de tan importante pieza legislativa.<\/p>\n<p>La ley de Mecenazgo tiene por objeto definir \u201c&#8230;un r\u00e9gimen de fomento e incentivo a las iniciativas y aportes econ\u00f3micos y de otra \u00edndole de mecenazgo del sector privado, sea de personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas, nacionales o extranjeras, para que contribuyan al financiamiento, total o parcialmente, de programas y proyectos para el desarrollo cultural de la naci\u00f3n que beneficien a entidades p\u00fablicas y privadas de la Rep\u00fablica Dominicana\u201d.<\/p>\n<p>Son m\u00faltiples los alcances que tiene esta ley para los diversos sectores y subsectores de la cultura, ya que apoyar\u00e1 e impulsar\u00e1 la creaci\u00f3n art\u00edstica y artesanal, la investigaci\u00f3n cultural, al tiempo que fomentar\u00e1 las donaciones econ\u00f3micas para actividades de la cultura sin fines de lucro, as\u00ed como para promover la preservaci\u00f3n, restauraci\u00f3n y puesta en valor de bienes inmuebles y muebles, pertenecientes al patrimonio cultural de la naci\u00f3n. Tambi\u00e9n estimular\u00e1 el fomento y la formaci\u00f3n de capacidades t\u00e9cnicas para las academias y centros de formaci\u00f3n en el sector art\u00edstico y cultural, y contribuir\u00e1 al desarrollo de actividades ligadas a la productividad de la econom\u00eda creativa.<\/p>\n<p>Asimismo, la Ley de Mecenazgo Cultural de la Rep\u00fablica Dominicana establecer\u00e1 incentivos fiscales para las personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas que sean benefactoras, donantes y patrocinadoras de proyectos y propuestas declarados de inter\u00e9s cultural por el Consejo de Mecenazgo, pudiendo obtener un deducible de hasta un cinco por ciento (5%) del impuesto sobre los ingresos brutos al final de cada a\u00f1o fiscal, de tal manera que redunde en favor de los artistas, investigadores, gestores culturales en todos los g\u00e9neros de la expresi\u00f3n art\u00edstica y cultural; y para el fomento de la producci\u00f3n cultural, como establece el anteproyecto de Ley en su art\u00edculo 18.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n la Ley de Mecenazgo contempla la creaci\u00f3n del Fondo Solidario de Apoyo a la Cultura, con recursos provenientes de los aportes financieros y donaciones voluntarias realizadas por los benefactores y donantes p\u00fablicos y privados, que contribuyan con recursos nacionales o internacionales para esos fines.<\/p>\n<p>Con este importante instrumento jur\u00eddico se podr\u00e1 valorizar, incentivar y fortalecer mucho m\u00e1s el desarrollo cultural e integral del pueblo dominicano y tener una herramienta que establece claramente el marco institucional y jur\u00eddico, que avanza significativamente en el marco de las normas existentes relativas a los incentivos para los aportes privados a la cultura.<\/p>\n<p>Si bien es cierto que en la actualidad la Ley 11-92 (C\u00f3digo Tributario) ofrece igual incentivo fiscal que la que propone la Ley de Mecenazgo, \u00e9sta \u00faltima permite organizar al sector de la cultura para que pueda beneficiarse m\u00e1s eficientemente, al tiempo de poner a los proyectos e iniciativas financiados en contexto con el inter\u00e9s cultural de la naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Por eso, dicha Ley contempla una Direcci\u00f3n General de Mecenazgo como organismo t\u00e9cnico que se encargar\u00e1 de coordinar, supervisar y evaluar los proyectos que ser\u00e1n financiados con el Fondo Solidario de Apoyo a la Cultura, y su \u00f3rgano rector, el Consejo Nacional de Mecenazgo, que tendr\u00e1 por misi\u00f3n establecer las pol\u00edticas p\u00fablicas para el incentivo del mecenazgo cultural entre otras atribuciones.<\/p>\n<p>Finalmente, con esta nueva reforma las empresas nacionales y extranjeras que operan en el pa\u00eds, podr\u00e1n ejercer pol\u00edticas de responsabilidad social empresarial, contribuyendo con el desarrollo del talento de nuestros artistas y creadores, y en beneficio del bienestar de la sociedad dominicana.<\/p>\n<p>La semana pr\u00f3xima la C\u00e1mara de Diputados pondr\u00e1 nuevamente en agenda tan importante anteproyecto de ley, a los fines de aprobaci\u00f3n en segunda lectura. El pa\u00eds cultural, que es todo, espera que el compromiso asumido por el Congreso Nacional y manifestado ya en esta primera aprobaci\u00f3n se haga una realidad cuando el presidente de la Rep\u00fablica reciba la ley y la promulgue y publique para su validez y eficacia, tan necesarias.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Carlos Santos (D. Libre, 20-7-16) &nbsp; En los \u00faltimos 20 a\u00f1os, nuestro pa\u00eds ha dado pasos importantes en materia de reforma cultural. 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