{"id":19767,"date":"2017-10-12T12:42:24","date_gmt":"2017-10-12T16:42:24","guid":{"rendered":"http:\/\/debateplural.com\/?p=19767"},"modified":"2017-10-12T12:42:24","modified_gmt":"2017-10-12T16:42:24","slug":"isla-de-santo-domingo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/debateplural.net\/site\/2017\/10\/12\/isla-de-santo-domingo\/","title":{"rendered":"Isla de Santo Domingo"},"content":{"rendered":"<div id=\"ArticleAuthorDiv\" class=\"article-body-author\">Juan Daniel Balc\u00e1cer (Listin, 11-10-17)<\/div>\n<div id=\"ArticleBody\">\n<p>Hacia 1804, a ra\u00edz del triunfo de la revoluci\u00f3n antiesclavista del Santo Domingo franc\u00e9s, los ind\u00edgenas -como se identificaban a los negros y hombres de color de la Colonia- declararon la independencia; abolieron para siempre la servidumbre y, en lugar de proclamar una Rep\u00fablica, optaron por un modelo pol\u00edtico mon\u00e1rquico-autocr\u00e1tico denominado Imperio de Hait\u00ed, cuyo territorio e islas adyacentes deb\u00edan ser \u201cuno e indivisible\u201d. Debido a que los blancos hab\u00edan sido los causantes de todas las desgracias padecidas por los esclavos africanos y sus descendientes, los revolucionarios, con el fin de diferenciarse del opresor franc\u00e9s, extrajeron el color blanco de la bandera francesa y as\u00ed formaron el estandarte haitiano; al tiempo que, en el art\u00edculo 12 de la Constituci\u00f3n de 1805, establecieron que: \u201cNing\u00fan blanco, cualquiera que sea su nacionalidad, podr\u00e1 poner los pies en este territorio, a t\u00edtulo de amo o de propietario y no podr\u00e1, en el futuro, adquirir en el mismo propiedad alguna\u201d. Respecto del territorio insular, Dessalines puso en pr\u00e1ctica una pol\u00edtica expansionista con el prop\u00f3sito de incorporar a su imperio el territorio de la antigua parte espa\u00f1ola de Santo Domingo y de esa manera, seg\u00fan el constitucionalista Luis Mari\u00f1as Otero, convertirse \u201cgeopol\u00edticamente -de igual forma que otros pa\u00edses contempor\u00e1neos- en heredero de las aspiraciones territoriales de la antigua metr\u00f3poli\u201d (Cf. \u201cLas Constituciones de Hait\u00ed\u201d, 1968). En sinton\u00eda con este predicamento, los legisladores haitianos decidieron suprimir el nombre hist\u00f3rico de la isla, que era y es Santo Domingo, para sustituirlo por el de isla de Hait\u00ed, cosa que eventualmente rechazar\u00edan los dominicanos.<\/p>\n<p><strong>Isla de Santo Domingo.<\/strong>\u00a0Desde finales del siglo XVII la isla fue conocida como Santo Domingo. Diversos documentos y publicaciones as\u00ed lo evidencian: Historia de la isla Espa\u00f1ola o de Santo Domingo (1730), libro del padre Pierre Francois Javier de Charlevoix y en cuyo t\u00edtulo figuran los dos nombres con los que entonces se designaba a la isla hasta que, finalmente, se impuso Santo Domingo. Luego, esta obra \u2018Descripci\u00f3n Topogr\u00e1fica y pol\u00edtica de la Parte Espa\u00f1ola de la Isla de Santo Domingo\u2019 (1796), de M. L. Moreau de Saint Mery, en la que se afirma que Col\u00f3n dio a la isla \u201cel nombre de Espa\u00f1ola, peque\u00f1a Espa\u00f1a, que la naci\u00f3n en nombre de la cual hab\u00eda tomado posesi\u00f3n de ella la conserva todav\u00eda, aunque el de Santo Domingo, tomado de Santo Domingo, su capital, \u00d6prevalece muy a menudo y es el \u00fanico que los franceses emplean\u201d. Otro valioso texto corresponde a M. Lemmonier Delafosse, \u201cSegunda campa\u00f1a de Santo Domingo (1846); lo mismo que el \u201cDiario hist\u00f3rico de Santo Domingo\u201d (1811), de Gilbert Guillermin, que recoge las \u00faltimas operaciones del ej\u00e9rcito franc\u00e9s en Santo Domingo. A\u00f1os despu\u00e9s, en Par\u00eds, circul\u00f3 el libro \u201cSanto Domingo. Estudio y soluci\u00f3n de la cuesti\u00f3n haitiana\u201d (1846), escrito por Lepelletier de St. Remy.<\/p>\n<p><strong>El Acta de la Independencia dominicana.<\/strong>\u00a0El 16 de enero de 1844 los independentistas dominicanos distribuyeron un importante documento pol\u00edtico denunciando las causas por las cuales decid\u00edan separarse de Hait\u00ed y constituirse en Estado soberano. Se trata de la \u201cManifestaci\u00f3n de los Pueblos de la parte del Este de la Isla antes Espa\u00f1ola o de Santo Domingo, sobre las causas de su separaci\u00f3n de la Rep\u00fablica Haitiana\u201d, trascendental texto considerado como nuestra Acta de Independencia y el que, entre otras cosas, los dominicanos criticaron el hecho de que los haitianos se arrogaran la exclusividad del nombre de la isla, pretextando que los ta\u00ednos (una comunidad etno-cultural con la cual no ten\u00edan lazos de parentesco ni de descendencia directa o indirecta) emplearon el vocablo Hait\u00ed para designar una parte de la isla. De igual manera, los dominicanos rechazaron las ambiciones expansionistas haitianas, resaltando que por el hecho de que los haitianos se constituyeron en Estado independiente primero que los dominicanos, tal circunstancia no les confer\u00eda derechos para considerar al pueblo de Santo Domingo y a su territorio como parte integrante de la Rep\u00fablica de Hait\u00ed, pues, seg\u00fan el Manifiesto del 16 de enero, \u201cm\u00e1s derecho tenemos los de Oriente a dominar a los de Occidente, que al contrario, si nos remontamos a los primeros a\u00f1os del descubrimiento del inmortal Col\u00f3n\u00d6\u201d. En conclusi\u00f3n, debido a que el nombre centenario de la isla era Santo Domingo -y que del mismo deriva nuestro gentilicio-, fue que el Constituyente de San Crist\u00f3bal, en el art\u00edculo segundo del primer Pacto Fundamental de la naci\u00f3n, estableci\u00f3 que: \u201cLa parte Espa\u00f1ola de la Isla de Santo Domingo y sus Islas adyacentes, forman el territorio de la Rep\u00fablica Dominicana\u201d; disposici\u00f3n constitucional que ha permanecido inalterable desde 1844 hasta el presente.<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Juan Daniel Balc\u00e1cer (Listin, 11-10-17) Hacia 1804, a ra\u00edz del triunfo de la revoluci\u00f3n antiesclavista del Santo Domingo franc\u00e9s, los ind\u00edgenas -como se identificaban a los negros y hombres de color de la Colonia- declararon la independencia; abolieron para siempre la servidumbre y, en lugar de proclamar una Rep\u00fablica, optaron por un modelo pol\u00edtico mon\u00e1rquico-autocr\u00e1tico [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":12142,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[5,17],"tags":[],"class_list":["post-19767","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacionales","category-sociedad"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/19767"}],"collection":[{"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=19767"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/19767\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":19768,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/19767\/revisions\/19768"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/media\/12142"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=19767"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=19767"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=19767"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}