{"id":21606,"date":"2017-12-30T06:00:27","date_gmt":"2017-12-30T10:00:27","guid":{"rendered":"http:\/\/debateplural.com\/?p=21606"},"modified":"2017-12-29T14:01:47","modified_gmt":"2017-12-29T18:01:47","slug":"2016-importante-sentencia-contra-monopolio-del-transporte-rd","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/debateplural.net\/site\/2017\/12\/30\/2016-importante-sentencia-contra-monopolio-del-transporte-rd\/","title":{"rendered":"2016: importante sentencia contra monopolio del transporte RD"},"content":{"rendered":"<div class=\"text\">\n<p>H. Enecia Perez (D. Libre, 15-12-16)<\/p>\n<p>La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo orden\u00f3 a la Oficina T\u00e9cnica de Transporte Terrestre (OTTT) impedir que cualquier entidad intervenga o domine la concertaci\u00f3n de precios en materia de transporte de pasajeros.<\/p>\n<p>Al acoger de manera parcial el recurso de amparo de cumplimiento interpuesto por el Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep) contra varias instituciones del Estado, orden\u00f3 a la OTTT dictar y adoptar todas las medidas necesarias para la organizaci\u00f3n y control del transporte terrestre de pasajeros, de acuerdo con las necesidades nacionales imperantes.<\/p>\n<p>Les orden\u00f3 adem\u00e1s vigilar \u201cel cumplimiento de las disposiciones necesarias para eliminar toda especie de pr\u00e1ctica anticompetitiva e impidiendo a cualquier entidad que intervenga o domine la concertaci\u00f3n de precios en materia de transporte\u201d.<\/p>\n<p>Dijo que los ministerios de Trabajo, Industria y Comercio, Defensa, Interior y Polic\u00eda, y Turismo; la Polic\u00eda Nacional y la Oficina T\u00e9cnica, violaron las leyes que proh\u00edben el establecimiento de monopolio en provecho de particulares en los trabajos de carga o descarga de buques de cualquier naturaleza en los muelles del pa\u00eds.<\/p>\n<p>Se\u00f1ala que han afectado el derecho a la libre empresa, libertad de tr\u00e1nsito y trabajo a un determinado n\u00famero de personas incluido el propio Estado, el cual resulta perjudicado como consecuencia del estado de cosas generado por dicho incumplimiento, que afecta derechos e intereses colectivos que son reclamados por el Conep.<\/p>\n<p>Orden\u00f3 a las instituciones estatales dar cumplimiento a lo establecido en las leyes 578-65 para que no haya monopolios; 290-66 sobre libre competencia y los niveles de precios; 489-89 sobre medidas para organizar y controlar el transporte; 541-69 para evitar pr\u00e1cticas anticompetitivas en el transporte de turistas.<\/p>\n<\/div>\n<div class=\"entretitulo\">Medidas<\/div>\n<div class=\"text\">\n<p>El Superior Administrativo orden\u00f3 al Ministerio de Defensa cumplir con su deber de asegurar a las personas f\u00edsicas y morales el retiro, dep\u00f3sito y transporte terrestre de efectos y mercanc\u00edas desde las aduanas y puertos hasta su destino final, mediante el uso de veh\u00edculos de su propiedad o de particulares, resguardando la integridad f\u00edsica o moral que precise realizar estas actividades as\u00ed como las propiedades.<\/p>\n<p>Interior y Polic\u00eda deber\u00e1 supervisar a los agentes policiales a su cargo para garantizar que las personas f\u00edsicas o morales al momento de utilizar los servicios de transporte de pasajeros as\u00ed como dep\u00f3sito y transporte terrestre de efectos y mercanc\u00edas desde las aduanas y puertos tengan la debida protecci\u00f3n.<\/p>\n<p>Aunque el empresariado hab\u00eda sometido un amparo ordinario, por las caracter\u00edsticas procesales, el tribunal le vari\u00f3 la calificaci\u00f3n jur\u00eddica a amparo de cumplimiento por motivos que se dar\u00e1n a conocer en la sentencia \u00edntegra.<\/p>\n<p>Rechaz\u00f3 las dem\u00e1s conclusiones planteadas por el Conep por considerarlas improcedentes.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n rechaz\u00f3 por falta de calidad la solicitud hecha por la Federaci\u00f3n de Transporte la Nueva Opci\u00f3n (Fenatrano), mediante la cual ped\u00eda ordenar que las empresas que reciben exenciones, exoneraciones y subsidios distribuyan el 20% de los beneficios entre sus trabajadores as\u00ed como imponer un astreinte.<\/p>\n<p>Rechaz\u00f3 la excepci\u00f3n de nulidad planteada por el representante de varias federaciones de transporte de la regi\u00f3n Este por contener irregularidades, as\u00ed tambi\u00e9n el medio de inadmisi\u00f3n promovido por el Ministerio de Trabajo por falta de calidad en el entendido de que el accionado actu\u00f3 en su representaci\u00f3n como persona moral, no as\u00ed en representaci\u00f3n de los intereses individuales de las entidades comerciales que lo componen. Fij\u00f3 un astreinte de cinco mil pesos a cada una de las instituciones del Estado por cada d\u00eda de incumplimiento de la decisi\u00f3n, a favor de la Asociaci\u00f3n Dominicana de Rehabilitaci\u00f3n.<\/p>\n<\/div>\n<div class=\"entretitulo\">Empresarios<\/div>\n<div class=\"text\">\n<p>El vicepresidente ejecutivo del Consejo Nacional de la Empresa Privada, Rafael Paz, dijo que se abre una nueva etapa en el transporte del pa\u00eds donde se garantizar\u00e1 la libertad y la dignidad en el sistema, pues el tribunal reconoci\u00f3 que ese sector es controlado por un grupo.<\/p>\n<p>\u201cUna nueva etapa donde ahora tendremos que ponernos de acuerdo, todos, liderados por el Estado y por el gobierno, incluyendo a los principales actores del sistema, es decir a los choferes, a los transportistas, para construir el modelo de transporte que se merecen los dominicanos\u201d, refiri\u00f3.<\/p>\n<p>Las asociaciones empresariales y entidades empresariales agrupadas en Compromiso Santiago valoran positivamente la sentencia en el entendido de que con ella se avanza en la promoci\u00f3n de la libre competencia y la eficiencia en un servicio.<\/p>\n<\/div>\n<div class=\"insert_headline\">\n<div class=\"insert_title\">Juan Hubieres se desmay\u00f3 tras o\u00edr fallo<\/div>\n<div class=\"insert_Image\"><\/div>\n<div class=\"insert_text\">\n<p>El presidente de la Federaci\u00f3n Nacional de Transporte la Nueva Opci\u00f3n (Fenatrano), Juan Hubieres, se desmay\u00f3 luego de escuchar el fallo de la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo por lo que tuvo que ser llevado a un centro asistencial del Distrito Nacional, donde permaneci\u00f3 por varias horas. A su salida manifest\u00f3 su rechazo al dictamen indicando que seguir\u00e1n la lucha.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<div class=\"insert_headline\">\n<div class=\"insert_title\">Reacciones<\/div>\n<div class=\"insert_Image\"><\/div>\n<div class=\"insert_text\">\n<p>La OTTT respeta el fallo y dijo que las normativas que tienen son las \u00fanicas con las cuales ha podido ejercer sus funciones debido a que el pa\u00eds no cuenta con una ley de transporte.<\/p>\n<p>Merlison Almanzar<\/p>\n<p><i>Prensa OTTT<\/i><\/p>\n<p>\u201cA m\u00ed no me sorprende nada de esto, esto es un plan, una componenda gobierno y Conep para la destrucci\u00f3n de este sector porque el gobierno no tiene nada en la mano para resolver el problema del transporte\u201d.<\/p>\n<p>Antonio Marte<\/p>\n<p><i>Conatra<\/i><\/p>\n<p>En 2014 el Juzgado de Trabajo de Puerto Plata elimin\u00f3 el monopolio en transporte de carga en esa regi\u00f3n, decisi\u00f3n que lleg\u00f3 al Tribunal Constitucional.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>H. 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