{"id":23400,"date":"2018-03-14T13:05:14","date_gmt":"2018-03-14T17:05:14","guid":{"rendered":"http:\/\/debateplural.com\/?p=23400"},"modified":"2018-03-15T11:43:12","modified_gmt":"2018-03-15T15:43:12","slug":"la-forma-de-gobierno-en-cuba-y-el-nuevo-presidente-1","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/debateplural.net\/site\/2018\/03\/14\/la-forma-de-gobierno-en-cuba-y-el-nuevo-presidente-1\/","title":{"rendered":"La forma de gobierno en Cuba y el nuevo presidente (1)"},"content":{"rendered":"<p>Julio Cesar Guanche (Sin permiso, 7-3-18)<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El pr\u00f3ximo 19 de abril, de verificarse lo anunciado por el presidente Ra\u00fal Castro \u2013no continuar ocupando la m\u00e1xima magistratura cubana\u2013, Cuba tendr\u00e1 un nuevo Jefe de Estado. El hecho dar\u00e1 pie a varios an\u00e1lisis y a cierta atenci\u00f3n internacional sobre el \u201ctraspaso\u201d. Sin embargo, el evento en s\u00ed no tiene por qu\u00e9 provocar grandes cambios en la naci\u00f3n, si se considera que las estructuras y las culturas de poder guardan relaci\u00f3n con, pero no se reducen a, su configuraci\u00f3n institucional.<\/p>\n<p>Con todo, ser\u00e1 una experiencia singular. Desde 1959 hasta hoy \u2013casi sesenta a\u00f1os\u2013, la historia institucional cubana ha conocido formalmente solo cuatro presidentes: Manuel Urrutia Lle\u00f3 (1959), Osvaldo Dortic\u00f3s Torrado (1959-1976), Fidel Castro Ruz (1976-2006) y Ra\u00fal Castro Ruz (2008-actualidad).<\/p>\n<p>Dos datos son relevantes en el proceso por venir: el nuevo Presidente tendr\u00e1 un apellido distinto, y sus funciones estar\u00e1n definidas por la vigente Constituci\u00f3n, ante el hecho de que parece abandonada, por el momento, la promesa oficial de 2011 de elaborar una nueva carta magna.<\/p>\n<p>En este art\u00edculo no me intereso en la futurolog\u00eda de qui\u00e9n ser\u00e1 el nuevo Presidente \u2013es probable que las noticias, como es tradici\u00f3n, no deparen grandes sorpresas\u2013 sino por el marco en que el pr\u00f3ximo jefe de estado cubano debe desarrollar sus funciones, la fuente de su legitimidad y algunos de los problemas institucionales que ser\u00eda prudente encarar. Antes de considerar tales temas, repaso las formas de gobierno realmente existentes en la historia cubana del siglo XX.<\/p>\n<h3>La forma de gobierno en 1901<\/h3>\n<p>En el siglo XX Cuba tuvo tres constituciones, varias leyes constitucionales y muchas reformas constitucionales. La forma de gobierno que esa constituciones dieron al pa\u00eds fue diferente en todas ellas, y resultaron siempre bastante singulares.<\/p>\n<p>La Constituci\u00f3n de 1901, inspirada en la tradici\u00f3n estadounidense, configur\u00f3 un fuerte presidencialismo. El Poder Ejecutivo se ejerc\u00eda por el Presidente de la Rep\u00fablica, elegible por sufragio de segundo grado, con un mandato de cuatro a\u00f1os. Para el ejercicio de sus funciones el Presidente contaba con seis secretarios de despacho.<\/p>\n<p>Un comentarista, Jos\u00e9 Clemente Vivanco, anot\u00f3 en 1902 que tal sistema \u201cno es presidencial, porque este r\u00e9gimen requiere que el poder ejecutivo resida \u00fanicamente en el Presidente, haci\u00e9ndose, por ese solo hecho, \u00fanico responsable, sin que los ministros o secretarios de despacho sean otra cosa que meros consejeros y auxiliares (\u2026) y tampoco es parlamentario, porque el legislativo no interviene en la administraci\u00f3n, ni el ejecutivo, por medio de sus ministros, tiene asiento en las C\u00e1maras para explicar sus actos y defender cuantos proyectos de ley tuviera a bien presentar\u201d.<\/p>\n<p>En la fecha, diversas posturas se mostraron cr\u00edticas del dise\u00f1o presidencialista de concentraci\u00f3n de poder.<\/p>\n<p>Salvador Cisneros Betancourt hab\u00eda redactado un proyecto de Constituci\u00f3n (1900) que propon\u00eda la elecci\u00f3n directa del Presidente y prohib\u00eda que cualquier individuo que hubiese pertenecido al Ej\u00e9rcito Libertador con grado de Brigadier, o superior, pudiese optar por la m\u00e1s alta magistratura, para que \u201cjam\u00e1s se pueda constituir un gobierno militar en Cuba\u201d.<\/p>\n<p>Tres d\u00e9cadas despu\u00e9s, otros cubanos segu\u00edan proponiendo contenidos similares. Seg\u00fan Luis Hechavarr\u00eda y Limonta (1937), el Presidente deb\u00eda ser elegido por sufragio universal directo, y sus funciones deber\u00edan \u201cquedar perfectamente determinadas en la Constituci\u00f3n, evitando que por exceso de atribuciones se absorban y sumen en \u00e9l todas las que por esa misma Constituci\u00f3n corresponden a los otros poderes del Estado, perdiendo su cariz pol\u00edtico y desapareciendo la Rep\u00fablica democr\u00e1tica que encarna las ideas y aspiraciones del pueblo cubano.\u201d<\/p>\n<p>La pr\u00e1ctica pol\u00edtica generada por el dise\u00f1o presidencialista de 1901 result\u00f3 contraria a esas propuestas: fue el cauce jur\u00eddico del caudillismo pol\u00edtico y de la concentraci\u00f3n de poder. Funcion\u00f3 dentro de un marco normativo que no intervino sobre las causas que sosten\u00edan el caciquismo, como el latifundismo olig\u00e1rquico y la carencia de derechos sociales y de provisiones p\u00fablicas de recursos sociales.<\/p>\n<h3>La Constituci\u00f3n del 40<\/h3>\n<p>Por su parte, la Constituci\u00f3n de 1940 model\u00f3, por primera y \u00fanica vez en la historia institucional cubana, un r\u00e9gimen semi-parlamentario. El Presidente de la Rep\u00fablica era el Jefe del Estado y representaba a la Naci\u00f3n. Deb\u00eda actuar \u201ccomo director moderador y de solidaridad nacional\u201d. Era elegido por sufragio universal, igual, directo y secreto, para un per\u00edodo de cuatro a\u00f1os.<\/p>\n<p>El sistema prohib\u00eda la reelecci\u00f3n presidencial consecutiva, establec\u00eda una espera de ocho a\u00f1os para la repostulaci\u00f3n, cre\u00f3 la figura de un primer ministro (ser\u00eda uno de los ministros, con o sin cartera, designado por el Presidente) y estableci\u00f3 mecanismos de concertaci\u00f3n entre todos los poderes p\u00fablicos, que buscaban moderar el peso del Ejecutivo.<\/p>\n<p>Constitucionalistas cubanos contempor\u00e1neos han puesto en discusi\u00f3n la naturaleza de ese sistema institucional. Carlos Manuel Villabella considera dicho r\u00e9gimen como un \u201cpresidencialismo atenuado\u201d, y califica de \u201cimpropio\u201d llamarle semi-parlamentario. Sin embargo, los propios creadores del sistema ten\u00edan otra opini\u00f3n.<\/p>\n<p>Jos\u00e9 Manuel Cortina, al explicar ese dise\u00f1o en la Convenci\u00f3n Constituyente de 1939-1940, atac\u00f3 frontalmente al presidencialismo: \u201cdentro de todo el Continente Americano somos el pa\u00eds en donde hay un r\u00e9gimen presidencial m\u00e1s estricto y m\u00e1s absoluto\u201d. En opini\u00f3n de sus formuladores, la propuesta de Constituci\u00f3n (1940) aceptaba el sistema parlamentario, y ten\u00eda \u201cdoble ventaja, [el Presidente] conserva su autoridad, preside el Consejo de Ministros y puede, sin embargo, desdoblar la responsabilidad en el Consejo de Gobierno y en el Primer Ministro\u201d. As\u00ed, seg\u00fan esa opini\u00f3n, pose\u00eda \u201ctodas las ventajas del r\u00e9gimen parlamentario, sin ninguno de sus inconvenientes\u201d.<\/p>\n<p>Apenas creado, la eficacia real de ese sistema result\u00f3 fuertemente impugnada. Tambi\u00e9n por ello, la historia del parlamentarismo es hoy muy desconocida entre cubanos. No obstante, hay m\u00e1s de un aspecto rescatable en ella.<\/p>\n<h3>Presidencialismo Vs parlamentarismo<\/h3>\n<p>Como\u00a0<strong>ha documentado<\/strong>\u00a0Antoni Dom\u00e9nech, la \u201cconstitucionalizaci\u00f3n de la democracia, entendida sencillamente como r\u00e9gimen con sufragio universal y control parlamentario del gobierno, fue introducida siempre [en Europa] y por doquiera por gobiernos obreros tras el desplome de las monarqu\u00edas meramente constitucionales (sin control parlamentario) continentales\u201d.<\/p>\n<p>El conocido como \u201cconsenso democr\u00e1tico de posguerra\u201d \u2013en cuya elaboraci\u00f3n ocupa un lugar central, no siempre reconocido, la gran resistencia antifascista y gran variedad de movimientos socialistas\u2013 fue muy cr\u00edtica del canon de la democracia liberal. En ello, busc\u00f3 ampliar la democracia con un corrimiento hacia el parlamentarismo, la justicia social y la participaci\u00f3n econ\u00f3mica. Dentro de estas corrientes cabe inscribir el empe\u00f1o \u2013fallido\u2013 por parlamentarizar la forma de gobierno cubana en 1940.<\/p>\n<p>La discusi\u00f3n contin\u00faa hoy, tambi\u00e9n, en forma de cr\u00edtica hacia el modelo de presidencialismo latinoamericano. En Cuba, ese debate regional ha sido resumido de este modo por el ya mencionado Villabella: \u201cunos defienden la necesidad de metamorfosis del presidencialismo hacia un sistema menos personalista, mientras otros sostienen la necesidad de m\u00e1s presidencialismo para, desde la hegemon\u00eda del poder, impulsar las transformaciones.\u201d<\/p>\n<p>La primera opci\u00f3n, como todas las alternativas, tiene problemas, pero por ser un campo en experimentaci\u00f3n podr\u00eda deparar innovaciones deseables. La segunda cuenta con una historia documentada de gruesos inconvenientes.<\/p>\n<p>Roberto Gargarella ha escrito largamente sobre ello: el constitucionalismo reformista latinoamericano se dedic\u00f3 a expandir los derechos existentes, pero sin incorporar las modificaciones acordes y necesarias en la otra \u00e1rea fundamental de la Constituci\u00f3n, el \u00e1rea de la organizaci\u00f3n del poder. La tesis refiere al hiperpresidencialismo, que impide la expansi\u00f3n de los derechos tanto para autoatribuirlos desde los actores sociales como para defenderlos desde instrumentos p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Es importante conocer esa historia, y este debate actual, porque dice algo importante para hoy: el objetivo de conseguir m\u00e1s igualdad pol\u00edtica, m\u00e1s redistribuci\u00f3n de poder, pasa tambi\u00e9n por la disputa de un sistema institucional consistente con esa meta. Los fracasos de un sistema institucional \u2013uno de ellos es habilitar la concentraci\u00f3n de poder\u2013 tienen consecuencias directas: desempoderamiento de la ciudadan\u00eda y la captura del Estado a manos de \u00e9lites.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Julio Cesar Guanche (Sin permiso, 7-3-18) &nbsp; El pr\u00f3ximo 19 de abril, de verificarse lo anunciado por el presidente Ra\u00fal Castro \u2013no continuar ocupando la m\u00e1xima magistratura cubana\u2013, Cuba tendr\u00e1 un nuevo Jefe de Estado. El hecho dar\u00e1 pie a varios an\u00e1lisis y a cierta atenci\u00f3n internacional sobre el \u201ctraspaso\u201d. 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