{"id":24982,"date":"2018-05-23T14:20:55","date_gmt":"2018-05-23T18:20:55","guid":{"rendered":"http:\/\/debateplural.com\/?p=24982"},"modified":"2018-05-23T14:20:55","modified_gmt":"2018-05-23T18:20:55","slug":"un-absurdo-anular-la-ley-169-14","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/debateplural.net\/site\/2018\/05\/23\/un-absurdo-anular-la-ley-169-14\/","title":{"rendered":"Un absurdo anular la ley 169-14"},"content":{"rendered":"<p>Juan Bolivar Diaz (Hoy, 29-3-18)<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p class=\"p1\"><span class=\"s1\">Desde el pasado fin de semana circula en \u00e1mbitos judiciales, gubernamentales y diplom\u00e1ticos la versi\u00f3n de que el Tribunal Constitucional (TC) se apresta a declarar inconstitucional la ley 169-14 que devolvi\u00f3 la nacionalidad dominicana a gran parte de las personas dejadas en la apatridia por su sentencia 168-13 que hab\u00eda ocasionado el m\u00e1s grave esc\u00e1ndalo internacional que haya afectado a la naci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p class=\"p1\"><span class=\"s1\">Ha trascendido que la mayor\u00eda de los miembros del tribunal se inclinan por la anulaci\u00f3n y tendr\u00edan redactado un proyecto para consideraci\u00f3n del pleno, donde se sabe que no alcanzar\u00e1n unanimidad debido a que sus integrantes<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0\u00a0<\/span>Ana Isabel Bonilla y Katia Miguelina Jim\u00e9nez consignaron votos disidentes cuando el 22 de septiembre del 2013, cuando se emiti\u00f3 la sentencia de desnacionalizaci\u00f3n de los descendientes de inmigrantes indocumentados que hab\u00edan sido documentados como dominicanos durante d\u00e9cadas.<\/span><\/p>\n<p class=\"p1\"><span class=\"s1\">Una fuente judicial vinculada al TC confirm\u00f3 la versi\u00f3n, al igual que otra relacionada con organismos internacionales, y una tercera de alto nivel gubernamental no s\u00f3lo la valid\u00f3 sino que adem\u00e1s asegur\u00f3 que en la casa presidencial habr\u00eda<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0\u00a0<\/span>consternaci\u00f3n por la posibilidad de la ocurrencia, porque devolver\u00eda al Estado dominicano al torbellino nacional e internacional que comenz\u00f3 a conjurar con la esa ley.<\/span><\/p>\n<p class=\"p1\"><span class=\"s1\">Para quienes insisten en confundir la desnacionalizaci\u00f3n de los nacidos en el pa\u00eds con la regularizaci\u00f3n de los inmigrantes, conviene recordar que la Ley 169-14, promulgada por el presidente Danilo Medina el 23 de mayo del 2014 dice en su art\u00edculo primero que \u201ctiene por objeto exclusivo establecer: a) un r\u00e9gimen especial en beneficio de hijos de padres y madres extranjeros no residentes nacidos en el territorio nacional durante el per\u00edodo comprendido entre el 16 de junio de 1929 al 18 de abril de 2007, inscritos en los libros del Registro Civil dominicano en base a documentos no reconocidos por las normas vigentes para esos fines al momento de la inscripci\u00f3n; y b) el registro de hijos de padres extranjeros en situaci\u00f3n irregular nacidos en la Rep\u00fablica Dominicana y que no figuran inscritos en el Registro Civil\u201d.<\/span><\/p>\n<p class=\"p1\"><span class=\"s1\">El texto legal dispuso que la Junta Central Electoral \u201cproceder\u00e1 a regularizar y\/o transcribir en los Libros del Registro Civil, libre de todo tr\u00e1mite administrativo a cargo de los beneficiarios, las actas de las personas que se encuentren en la situaci\u00f3n establecida en el literal a) del art\u00edculo anterior\u201d<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0\u00a0<\/span>y que luego \u201clos acreditar\u00e1 como nacionales dominicanos\u201d.<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0\u00a0<\/span>Para los del grupo b), los nacidos en el pa\u00eds en similares circunstancias pero que nunca llegaron a ser registrados como ciudadanos, se instituy\u00f3 que se inscribieran en el Plan Nacional de Regularizaci\u00f3n de Extranjeros y que dos a\u00f1os despu\u00e9s tuvieran derecho a optar por la naturalizaci\u00f3n ordinaria.<\/span><\/p>\n<p class=\"p1\"><span class=\"s1\">Esa ley fue un imperativo de justicia y sentido humanitario para corregir un despojo retroactivo, que afect\u00f3 a decenas de miles de personas, rechazado a unanimidad por los organismos de derechos humanos y la comunidad internacional. Debe ser la ley m\u00e1s consensuada en la historia de la naci\u00f3n, para la cual el presidente Medina consult\u00f3 y logr\u00f3 el respaldo de los l\u00edderes pol\u00edticos de la oposici\u00f3n, de las iglesias y sectores sociales, y los organismos internacionales, siendo aprobada a unanimidad por las c\u00e1maras legislativas.<\/span><\/p>\n<p class=\"p1\"><span class=\"s1\">Su anulaci\u00f3n ser\u00eda un acto de soberbia y grave desaf\u00edo a un gran acuerdo nacional de imperativo humanitario y diplom\u00e1tico que sac\u00f3 al Estado dominicano del candelero en que hab\u00eda quedado. Aunque persisten reclamos a favor de los del grupo b, en gran proporci\u00f3n sumido en la apatridia, con absurdos tan graves que en una misma familia unos hijos quedaron como dominicanos y otros como extranjeros.<\/span><\/p>\n<p class=\"p1\"><span class=\"s1\">El da\u00f1o que ocasionar\u00eda a la naci\u00f3n la anulaci\u00f3n de esa ley es incalculable y crear\u00eda un grave problema al gobierno del presidente Medina, con distracci\u00f3n de energ\u00edas en la segunda mitad de su mandato constitucional. El prop\u00f3sito es tan dif\u00edcil de creer que ya hay quienes lo atribuyen a las querellas que sacuden al propio partido gobernante. En cualquier caso la advertencia p\u00fablica es v\u00e1lida, porque ya el TC lleg\u00f3 al extremo de desconocer la adscripci\u00f3n de la naci\u00f3n dominicana a las competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, aunque su propia ley org\u00e1nica la consigna, y despu\u00e9s de hasta haber firmado acuerdos de cooperaci\u00f3n con la misma.-\u00a0<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0 \u00a0<\/span><\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Juan Bolivar Diaz (Hoy, 29-3-18) &nbsp; Desde el pasado fin de semana circula en \u00e1mbitos judiciales, gubernamentales y diplom\u00e1ticos la versi\u00f3n de que el Tribunal Constitucional (TC) se apresta a declarar inconstitucional la ley 169-14 que devolvi\u00f3 la nacionalidad dominicana a gran parte de las personas dejadas en la apatridia por su sentencia 168-13 que [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":9168,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[5,12],"tags":[],"class_list":["post-24982","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacionales","category-politica-3"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24982"}],"collection":[{"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=24982"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24982\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":24983,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24982\/revisions\/24983"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/media\/9168"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=24982"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=24982"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=24982"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}