{"id":26231,"date":"2018-07-16T12:09:57","date_gmt":"2018-07-16T16:09:57","guid":{"rendered":"http:\/\/debateplural.com\/?p=26231"},"modified":"2018-07-16T12:09:57","modified_gmt":"2018-07-16T16:09:57","slug":"que-se-hizo-el-pobre-hospital-psiquiatrico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/debateplural.net\/site\/2018\/07\/16\/que-se-hizo-el-pobre-hospital-psiquiatrico\/","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 se hizo el pobre \"Hospital psiqui\u00e1trico\"?"},"content":{"rendered":"<p>Jose Mieses Michel (D. Libre, 7-7-18)<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Hay un grupo de enfermedades mentales, entre las que se encuentran la esquizofrenia y los trastornos bipolares, que llevan el apelativo de graves porque tienen una larga evoluci\u00f3n y pueden producir notable deterioro de las funciones sociales y laborables de las personas que las padecen, sobre todo si estas viven en estado de pobreza.<\/p>\n<p>La discapacidad que producen, por s\u00ed mismas, impide que las personas con este tipo de padecimiento lleven una vida independiente e integrada arm\u00f3nicamente en el hogar, en la comunidad y en el \u00e1mbito laboral. Adem\u00e1s, los prejuicios negativos obstaculizan a\u00fan m\u00e1s la integraci\u00f3n social de estas personas.<\/p>\n<p>Por esta raz\u00f3n, miles de dominicanos y dominicanas viven abandonados a su suerte, v\u00edctimas de unas de las peores formas de exclusi\u00f3n. A veces encerrados en una estrecha habitaci\u00f3n durmiendo en el suelo. Algunos deambulan por las calles, sin despertar el menor asombro e indignaci\u00f3n en los vecinos, transe\u00fantes y autoridades de salud. El drama que vive la familia empobrecida con un miembro afectado de dolencias de este g\u00e9nero es casi imposible de sobrellevar, pues a la tensi\u00f3n emocional y psicol\u00f3gica se sumar\u00e1n los crecientes apuros econ\u00f3micos.<\/p>\n<p>Sin embargo, hay buenas noticias que toda la ciudadan\u00eda deber\u00eda conocer: la mayor\u00eda de las personas que padecen las mencionadas enfermedades graves (consideradas por el com\u00fan de la gente como \u201clocos\u201d o \u201cdesequilibrados\u201d) si reciben capacitaci\u00f3n y entrenamiento, adem\u00e1s del medicamento oportuno, pueden recuperar aquellas habilidades perdidas y adquirir las que no se hayan desarrollado a causa de la enfermedad.<\/p>\n<p>Es decir, no est\u00e1n condenadas a llevar una vida denigrante e improductiva. Pueden superar la discapacidad. En la actualidad, el objetivo final del tratamiento es la recuperaci\u00f3n, y no solo el control de los s\u00edntomas de la enfermedad. Esto no es una fantas\u00eda sino algo demostrado a trav\u00e9s de los estudios epidemiol\u00f3gicos pertinentes.<\/p>\n<p>Es este el gran desaf\u00edo del tratamiento psiqui\u00e1trico: la recuperaci\u00f3n de las funciones sociales y laborales de las personas con discapacidad psiqui\u00e1trica asociada a enfermedades mentales graves.<\/p>\n<p>\u00bfD\u00f3nde, c\u00f3mo y por qui\u00e9nes han de ser rehabilitadas estas personas? El proceso se lleva a cabo en un centro dise\u00f1ado para estos fines, ubicado preferiblemente en la comunidad, en el entorno natural de las personas con discapacidad psiqui\u00e1trica. Se aplican intervenciones de rehabilitaci\u00f3n psicosocial basadas en evidencia cient\u00edfica, conducidas por profesionales entrenados en rehabilitaci\u00f3n de pacientes psiqui\u00e1tricos. Es una subespecialidad nueva.<\/p>\n<p>En una palabra, las personas con enfermedades mentales graves necesitan de una atenci\u00f3n integral conformada por la consulta de psiquiatr\u00eda y acceso al medicamento, apoyo psicol\u00f3gico e intervenciones psicosociales. Una atenci\u00f3n servida por un equipo multidisciplinario -psiquiatras, psic\u00f3logos, enfermeras de salud mental, terapeutas ocupacionales especializados en rehabilitaci\u00f3n psiqui\u00e1trica y trabajadores sociales- y ofrecida en escenarios diversos (hospitales generales y centros de rehabilitaci\u00f3n y talleres laborales en la comunidad).<\/p>\n<p>Hace poco tiempo que las autoridades de salud cerraron el \u00fanico hospital psiqui\u00e1trico del pa\u00eds, el llamado 28, siguiendo solo de manera parcial las recomendaciones de la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud (OMS). Si bien es cierto que dicha organizaci\u00f3n recomienda la clausura de esa instituci\u00f3n porque menoscaba los derechos humanos fundamentales del individuo, al mismo tiempo recomienda el establecimiento de un sistema de atenci\u00f3n alternativo al hospital psiqui\u00e1trico, conformado por servicios comunitarios de rehabilitaci\u00f3n psicosocial. Esto \u00faltimo, tan indispensable, no se ha cumplido. Los usuarios y usuarias del hospital psiqui\u00e1trico han quedado abandonados a su suerte, convirti\u00e9ndose en una carga insoportable para las familias y las comunidades.<\/p>\n<p>Urge, sin demora, la organizaci\u00f3n de una atenci\u00f3n integral que proteja los derechos de las personas con trastornos mentales graves y en la que encuentren respuestas oportunas y eficaces a sus necesidades, de manera que puedan llevar una vida digna en sus hogares, en sus comunidades y en el \u00e1mbito laboral. Esto exige del esfuerzo conjunto de varias instituciones gubernamentales y no gubernamentales coordinadas por el sector salud.<\/p>\n<p>Recomendaci\u00f3n sobre rehabilitaci\u00f3n psiqui\u00e1trica no solo la hace la OMS. Nuestras propias leyes ordenan la organizaci\u00f3n de los servicios de rehabilitaci\u00f3n. El art\u00edculo 44 de la Ley sobre Salud Mental (No, 12-06) dice que\u00a0<i>\u201cse desarrollar\u00e1n los servicios de\u00a0<\/i><i>rehabilitaci\u00f3n y reinserci\u00f3n social necesarios para una adecuada atenci\u00f3n integral de los problemas de las personas con discapacidad mental\u201d y e<\/i>l art\u00edculo 89 de la Ley General de Salud (No 42-01) se\u00f1ala:\u00a0<i>\u201cSe deber\u00e1n potenciar todas las acciones que garanticen la provisi\u00f3n de rehabilitaci\u00f3n para una adecuada atenci\u00f3n de las personas que padecen enfermedades mentales y\/o trastornos de la conducta\u201d.<\/i><i><\/i><\/p>\n<p>La propia Constituci\u00f3n, en el Art\u00edculo 58 -Protecci\u00f3n de las personas con discapacidad-, establece:\u00a0<i>\u201cEl Estado promover\u00e1, proteger\u00e1 y asegurar\u00e1 el goce de todos los derechos humanos y fundamentales de las personas con discapacidad, en condiciones de igualdad, as\u00ed como el ejercicio pleno y aut\u00f3nomo de sus capacidades\u201d.<\/i><\/p>\n<p>Cabe esperar, por las razones se\u00f1aladas, que las autoridades de salud reemplacen mediante la organizaci\u00f3n de servicios comunitarios de rehabilitaci\u00f3n psicosocial al hospital psiqui\u00e1trico que ha sido clausurado. Pero hay un obst\u00e1culo: habr\u00eda que reorientar el gasto p\u00fablico, lo que supone privilegiar la dignidad humana de quienes viven en la sombra de la pobreza -invisibles- aquejados por una enfermedad que, por no ser tratada, les priva de las funciones sociales que caracterizan al ser humano.<\/p>\n<p><i>El autor es m\u00e9dico psiquiatra y presidente de la Fundaci\u00f3n en Apoyo a las Personas con Enfermedad Mental<\/i><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Jose Mieses Michel (D. 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