{"id":27436,"date":"2018-09-06T11:21:23","date_gmt":"2018-09-06T15:21:23","guid":{"rendered":"http:\/\/debateplural.com\/?p=27436"},"modified":"2018-09-06T11:30:30","modified_gmt":"2018-09-06T15:30:30","slug":"y-la-jce","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/debateplural.net\/site\/2018\/09\/06\/y-la-jce\/","title":{"rendered":"\u00bfY la JCE?"},"content":{"rendered":"<p>Guillermo Moreno (D. Libre, 3-9-18)<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Si alguien inicia una campa\u00f1a de promoci\u00f3n como candidato a la Presidencia de la Rep\u00fablica del actual Ministro de Defensa o del Director de la Polic\u00eda Nacional, de seguro que inmediatamente se escriben editoriales, art\u00edculos e incluso la JCE se pronuncia para detener esas actividades proselitistas pues, conforme a la Constituci\u00f3n, a los militares y polic\u00edas les est\u00e1 prohibido participar en actividades pol\u00edtico partidistas.<\/p>\n<p>Precisamente, actuando bajo igual premisa, el pasado 27 de agosto Alianza Pa\u00eds dirigi\u00f3 una comunicaci\u00f3n al Presidente de la JCE y magistrados integrantes del pleno en la que les requiere\u00a0<i>\u201c&#8230;disponer cuantas medidas fueren necesarias como comunicaciones directas al Presidente de la Rep\u00fablica y a sus Ministros, a legisladores, alcaldes y regidores, as\u00ed como tambi\u00e9n divulgar comunicados p\u00fablicos advirtiendo que toda campa\u00f1a directa o indirecta de promoci\u00f3n de la reelecci\u00f3n presidencial constituyen actos violatorios de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica y en consecuencia quienes incurran en su violaci\u00f3n se exponen a recibir las sanciones que correspondan.\u201d<\/i><\/p>\n<p>En la referida comunicaci\u00f3n se le precisa a la JCE que\u00a0<i>\u201c&#8230;es de conocimiento de ustedes y de la poblaci\u00f3n en general, que por distintas v\u00edas est\u00e1 en desarrollo una campa\u00f1a de promoci\u00f3n de la reelecci\u00f3n del actual Presidente de la Rep\u00fablica, Danilo Medina, que se manifiesta con cartelones en los actos de inauguraci\u00f3n de obras p\u00fablicas a los que asiste el propio Presidente de la Rep\u00fablica, en vallas colocadas en espacios p\u00fablicos, en continuas declaraciones proselitistas de ministros de Estado, legisladores, alcaldes, regidores.\u201d<\/i><\/p>\n<p>El fundamento del requerimiento hecho a la JCE se fundamenta en disposiciones contenidas en la Ley Sustantiva.<\/p>\n<p>En primer lugar, la Constituci\u00f3n Dominicana proclamada el 13 de junio de 2015, en su art\u00edculo 124 dispone:\u00a0<i>\u201cEl Poder Ejecutivo lo ejerce el Presidente o la Presidenta de la Rep\u00fablica, quien ser\u00e1 elegido o elegida cada cuatro a\u00f1os por voto directo. El Presidente o la Presidenta de la Rep\u00fablica podr\u00e1 optar por un segundo per\u00edodo constitucional consecutivo y no podr\u00e1 postularse jam\u00e1s al mismo cargo ni a la Vicepresidencia de la Rep\u00fablica.\u201d<\/i><\/p>\n<p>Y m\u00e1s adelante, el constituyente de 2015, para no dejar resquicio de interpretaci\u00f3n de su voluntad, en la vig\u00e9sima disposici\u00f3n transitoria establece:\u00a0<i>\u201cEn el caso de que el Presidente de la Rep\u00fablica correspondiente al per\u00edodo constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el per\u00edodo constitucional 2016-2020, no podr\u00e1 presentarse para el siguiente per\u00edodo ni a ning\u00fan otro per\u00edodo, as\u00ed como tampoco a la Vicepresidencia de la Rep\u00fablica.\u201d<\/i><\/p>\n<p>Es decir, est\u00e1 m\u00e1s claro que el agua cristalina que conforme la Constituci\u00f3n, y mientras est\u00e9 vigente, a Danilo Medina le est\u00e1 prohibido presentarse como candidato a las elecciones de 2020 y a cualquier otra en el futuro.<\/p>\n<p>En segundo lugar, el art\u00edculo 6 de la carta magna, al consagrar la supremac\u00eda de la Constituci\u00f3n declara violatorios no solo una ley, decreto, resoluci\u00f3n o reglamento, sino adem\u00e1s cualquier\u00a0<i>\u201cacto contrari[o] a esta Constituci\u00f3n\u201d.<\/i><\/p>\n<p>En buen castellano: estando prohibida expresamente la reelecci\u00f3n, en la forma prevista por la Constituci\u00f3n, todo acto o acci\u00f3n proselitista de promoci\u00f3n electoral de Danilo Medina para las elecciones de 2020 constituye un acto contrario a la Constituci\u00f3n y por tanto violatorio de sus disposiciones.<\/p>\n<p>Una de las tantas bocinas pagas por el gobierno ante el requerimiento de Alianza Pa\u00eds reaccion\u00f3 aduciendo que de \u00e9sta acogerse se estar\u00eda violando las libertades pol\u00edticas y de libre expresi\u00f3n del pensamiento. Y no es as\u00ed: una cosa es actos para promover o incitar a hacer algo que est\u00e1 expresamente prohibido en la Constituci\u00f3n y otra es debatir sobre las conveniencias o no, por ejemplo, de derogar la prohibici\u00f3n de la reelecci\u00f3n o el impedimento a militares y polic\u00edas de participar en pol\u00edtica.<\/p>\n<p>Uno de los participantes en el circo de bocinas aludido expres\u00f3 que\u00a0<i>\u201cese asunto no es competencia de la JCE\u201d.\u00a0<\/i>Y s\u00ed lo es. Resulta que la promoci\u00f3n de Danilo Medina no es para canonizarlo sino para una nueva reelecci\u00f3n en el 2020, por tanto tiene una finalidad electoral. Siendo la JCE el \u00f3rgano constitucionalmente responsable de organizar y dirigir las pr\u00f3ximas elecciones es a ella a quien corresponde tomar las medidas para detener esta promoci\u00f3n reeleccionista proselitista.<\/p>\n<p>Otro de los detractores del requerimiento de Alianza Pa\u00eds, como para ponerle punto final a la discusi\u00f3n expres\u00f3:\u00a0<i>\u201ctotal, eso no est\u00e1 sancionado\u201d.<\/i>\u00a0Otro grave error de conocimiento. Resulta que el art\u00edculo 114 del C\u00f3digo Penal Dominicano dispone que:\u00a0<i>\u201cLos funcionarios, agentes o delegados del Gobierno que hubieren ordenado o cometido un acto arbitrario o atentatorio a la libertad individual, a los derechos pol\u00edticos de uno o muchos ciudadanos, o a la Constituci\u00f3n, ser\u00e1n condenados a la pena de la degradaci\u00f3n c\u00edvica. (&#8230;)\u201d .<\/i><\/p>\n<p>Pasemos balance: Los hechos violatorios est\u00e1n ah\u00ed, los textos violados son claros y el pedimento est\u00e1 hecho. Lo que ahora falta es que la JCE act\u00fae y haga respetar la Constituci\u00f3n que sus miembros juraron obedecer. Esperemos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Guillermo Moreno (D. 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