{"id":28458,"date":"2018-10-20T09:56:28","date_gmt":"2018-10-20T13:56:28","guid":{"rendered":"http:\/\/debateplural.com\/?p=28458"},"modified":"2018-10-20T09:56:28","modified_gmt":"2018-10-20T13:56:28","slug":"max-henriquez-urena-y-los-yanquis-en-santo-domingo-3","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/debateplural.net\/site\/2018\/10\/20\/max-henriquez-urena-y-los-yanquis-en-santo-domingo-3\/","title":{"rendered":"Max Henr\u00edquez Ure\u00f1a y Los yanquis en Santo Domingo (3)"},"content":{"rendered":"<p>Max Henr\u00edquez Ure\u00f1a organiza en su libro\u00a0<em>Los Yanquis en Santo Domingo (op. cit.)<\/em>, la traves\u00eda pol\u00edtica del pa\u00eds a partir de la primera ocupaci\u00f3n norteamericana en 1916 y en base al conflicto creado por los grupos de oposici\u00f3n que abrazaban las t\u00e1cticas de levantamientos rurales y urbanos.\u00a0 El llamado hecho por el ej\u00e9rcito norteamericano restringe las acciones subversivas de caudillos locales, pero a la vez impide las acciones de las alianzas pol\u00edticas entre los partidos y grupos dominantes del momento:<\/p>\n<p>\u201cEl art\u00edculo 49 de la Constituci\u00f3n dominicana establece que cuando ocurra el caso de incapacidad, renuncia, destituci\u00f3n o muerte del Presidente de la Rep\u00fablica, el congreso, por medio de una ley, designar\u00e1 la persona que haya de desempe\u00f1ar la presidencia hasta que cese la incapacidad o se elija un nuevo presidente.\u00a0 (No existe el cargo de Vicepresidente.).\u00a0 El Congreso dominicano se dispuso a cumplir inmediatamente ese mandato constitucional; pero el curso de los acontecimientos que se desarrollaron despu\u00e9s, y la actitud de los representantes, tanto diplom\u00e1ticos como militares, de los Estados Unidos en Santo Domingo, contribuyeron a retardar dos meses y medio la elecci\u00f3n.\u00a0 Mientras tanto, el Consejo de Secretarios de Estado del Presidente Jimenes, aunque reducido en n\u00famero, continuaba actuando en el desempe\u00f1o de las funciones de la Administraci\u00f3n.\u00a0 Invitados los secretarios de Estado por los jefes de la revoluci\u00f3n a que entraran a la ciudad capital a desempe\u00f1ar sus funciones hasta que el Congreso eligiera un nuevo Presidente, dichos funcionarios, Sres. Federico Pichardo, Jaime Mota, Jos\u00e9 Manuel Jimenes y Bernardo Pichardo, se negaron a ello, manifestando al ministro Russell que en la capital imperaba una situaci\u00f3n revolucionaria, y que en esa forma, los actos que emanaren de la funci\u00f3n que ellos desempe\u00f1aban \u201cno jefes de las fuerzas rebeldes de la ciudad\u201d. Y agregaban: \u201cEstamos todos dispuestos a realizar esfuerzos por que desaparezca tal estado de anormalidad; pero, desde luego, sin que entrabe nuestra funci\u00f3n como continuadores del poder ejecutivo o con da\u00f1o de nuestras personas.\u201d\u00a0 Los jefes revolucionarios Desiderio Arias y Mauricio y Ces\u00e1reo Jim\u00e9nez, en comunicaci\u00f3n dirigida al ministro Russell el mismo d\u00eda en que fue recibida la anterior manifestaci\u00f3n, entre otros extremos, declararon lo siguiente:<\/p>\n<p>\u201cHay un punto sobre el cual nos permitimos llamar la atenci\u00f3n de V. E., y es el que se refiere al desconocimiento de la Constituci\u00f3n en que incurren los\u00a0 firmantes de la carta al afirmar que son \u201clos continuadores del poder ejecutivo\u201d. Nuestra Constituci\u00f3n es clara y terminante a este respecto. El poder ejecutivo, dice, reside en el Presidente de la Rep\u00fablica, y no atribuye a los secretarios de Estado, en caso de ocurrir la acefalia de ese poder, sino la facultad de convocar el Congreso cuando no se halle reunido ese alto cuerpo. Fuera de esa facultad no tienen otra los secretarios de Estado: cualquier acto emanado de ellos es completamente nulo, porque deriva de una autoridad usurpada, y la Constituci\u00f3n declara, en\u00e9rgica y expresamente, que toda autoridad usurpada es nula y sus actos son complemente ineficaces.\u201d (Las comunicaciones cruzadas con este motivo fueron publicadas en el List\u00edn Diario, de Santo Domingo, de fecha 9 de mayo de 1916)<\/p>\n<p>El d\u00eda 11 de mayo se reuni\u00f3 la C\u00e1mara de Diputados para conocer en primera lectura el proyecto de ley de designaci\u00f3n presidencial.\u00a0 El momento no era propio para que cada partido tratara de obtener ventajas de la situaci\u00f3n y presentara un candidato propio. La gravedad de las circunstancias exig\u00eda que no se pensara en hombre de partido.\u00a0 En la primera votaci\u00f3n pudo apreciarse que la C\u00e1mara se inclinar\u00eda en definitiva a uno de estos dos candidatos: el Dr. Federico Henr\u00edquez y Carvajal, que era presidente de la Suprema Corte de Justicia de la naci\u00f3n, y que no pertenec\u00eda a ning\u00fan partido pol\u00edtico, y el Dr. Ram\u00f3n B\u00e1ez, que hab\u00eda desempe\u00f1ado\u00a0 la presidencia provisional de la Rep\u00fablica, al amparo del \u201cPlan Wilson\u201d, por voto un\u00e1nime de todos los jefes de partido.\u00a0 El Dr. Federico Henr\u00edquez y Carvajal es hermano del doctor Francisco Henr\u00edquez y Carvajal, que m\u00e1s tarde result\u00f3 electo Presidente.<\/p>\n<p>Pendiente de soluci\u00f3n el problema de la designaci\u00f3n presidencial, pues la ley deb\u00eda sufrir previamente tres lecturas en cada una de las C\u00e1maras legislativas, el ministro Russell y el contraalmirante Caperton dirigieron a los jefes rebeldes la siguiente comunicaci\u00f3n, d\u00e1ndoles aviso de que las tropas americanas ocupar\u00edan militarmente la capital el d\u00eda 15 de mayo:<\/p>\n<p>Santo Domingo, mayo 13 de 1916.<\/p>\n<p>Generales Desiderio Arias, Mauricio Jim\u00e9nez y Ces\u00e1reo Jim\u00e9nez.<\/p>\n<p>Se\u00f1ores:<\/p>\n<p>En vista de que las fuerzas armadas rebeldes contra las autoridades constituidas del Gobierno de la Rep\u00fablica Dominicana ocupan todas las posiciones militares de la ciudad de Santo Domingo, y por modio de la fuerza impedir\u00e1n a los representantes del poder ejecutivo constitucional de la Rep\u00fablica Dominicana entrar a la ciudad con garant\u00edas para tomar posesi\u00f3n de sus respectivas carteras; y en vista de que todos los esfuerzos realizados para conseguir un arreglo amigable con los que tienen el control del poder militar en la ciudad han sido infructuosos; y en vista de la pol\u00edtica p\u00fablicamente anunciada de los Estados Unidos de Am\u00e9rica, de mantener por la fuerza si se hace necesario las actuales autoridades constituidas de la Rep\u00fablica, los abajo firmados por la presente les intiman el desarme de las fuerzas militares que actualmente hay en la ciudad de Santo Domingo, la evacuaci\u00f3n de todas las posiciones fortificadas que existen dentro de la ciudad y la entrega a la custodia de las fuerzas de los Estados Unidos de Am\u00e9rica de todas las armas y las municiones que haya en la ciudad; y los hacemos a todos y a cada uno de ustedes responsables de las consecuencias que puedan resultar de una negativa a cumplir los t\u00e9rminos de esta comunicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u201cLo que en esta comunicaci\u00f3n se pide deber ser cumplido antes de las seis a. m. del d\u00eda 14 de mayo de 1916, y debe ser indicado izando banderas blancas en la torre de la Fortaleza y del Palacio Municipal y en las dem\u00e1s posiciones fortificadas de la ciudad, en forma claramente visible desde el mar y desde los campamentos extramuros de la ciudad; y pedimos formalmente por la presente que, en caso de que no se proceda al desarme indicado, ustedes notifiquen a la poblaci\u00f3n civil, dominicana y extranjera, que debe abandonar la ciudad dentro del d\u00eda 15 de mayo de 1916, se emplear\u00e1 la fuerza para desarmar a las fuerzas rebeldes que hay en la ciudad de Santo Domingo y para sostener EL Gobierno constitucional.<\/p>\n<p>Los no combatientes deben salir de la ciudad por la avenida Bol\u00edvar (camino de Santa Ana), hasta el punto en que empalma con la carretera del Oeste, o m\u00e1s all\u00e1.<\/p>\n<p>Los no combatientes que salgan de la ciudad por la v\u00eda acu\u00e1tica deben mantenerse fuera de la l\u00ednea de fuego de los vapores de guerra americanos.<\/p>\n<p>Una copia de esta comunicaci\u00f3n ha sido entregada a los representantes de las naciones extranjeras y al presidente del Ayuntamiento.<\/p>\n<p>William. W. Russell.<\/p>\n<p><em>Ministro Americano.<\/em><\/p>\n<ol>\n<li>B. Caperton<\/li>\n<\/ol>\n<p><em>Contraalmirante de la Armada americana.<\/em><\/p>\n<p>El presidente del Ayuntamiento, Lcdo. Manuel de Jes\u00fas Troncoso de la Concha, al dar a conocer esta proclama al pueblo lanz\u00f3 una alocuci\u00f3n, en la cual hac\u00eda saber que el ministro Russell, el contraalmirante Caperton y los comandantes de las fuerzas militares y navales situadas en los alrededores de Santo Domingo le hab\u00edan declarado que las tropas, americanas no realizar\u00edan ning\u00fan acto hostil si no se las atacaba, y que el ministro hab\u00eda agregado \u201cque el objeto de entrar esa fuerza era para garantizar la libre elecci\u00f3n por las C\u00e1maras del nuevo Presidente de la Rep\u00fablica\u201d.<\/p>\n<p>Esta \u00faltima manifestaci\u00f3n fue confirmada por la comunicaci\u00f3n que el ministro Russell y el contraalmirante Caperton dirigieron el 15 de mayo, horas despu\u00e9s de realizada la ocupaci\u00f3n, a los presidentes de una y otra C\u00e1mara legislativa, y que, copiada textualmente, dice as\u00ed:<\/p>\n<p>Santo Domingo, 16 de junio de 1916.<\/p>\n<p>A sus Excelencias M. F. Cabral, presidente del Senado, y Luis Bernard, presidente de la C\u00e1mara de Diputados.<\/p>\n<p>Santo Domingo.<\/p>\n<p>Se\u00f1ores:<\/p>\n<p>Esta ciudad ha sido ocupada militarmente por las fuerzas norteamericanas.<\/p>\n<p>Al tomar esta decisi\u00f3n tenemos el sincero prop\u00f3sito de garantizar una libre e imparcial actuaci\u00f3n de las C\u00e1maras para la elecci\u00f3n del nuevo Presidente de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p>Debido a la situaci\u00f3n anormal que de momento crean las presentes circunstancias, suplicamos a ustedes no convocar a sesi\u00f3n por dos o tres d\u00edas, hasta que la ciudad recobre su aspecto normal.<\/p>\n<p>Somos de ustedes s. s.,<\/p>\n<p>William. W. Russell.<\/p>\n<p><em>Ministro Americano.<\/em><\/p>\n<ol>\n<li>B. Caperton<\/li>\n<\/ol>\n<p><em>Contraalmirante de la Armada americana.<\/em><\/p>\n<p><em>Toda la secuencia documental anterior, construye y a la vez arroja datos sobre una formaci\u00f3n pol\u00edtico-social y econ\u00f3mica dominicana, reconocida por sus im\u00e1genes y cuerpos instruccionales e ideol\u00f3gicos.\u00a0 Los accidentes e incidentes que revela, en tiempo y en espacio, la documentabilidad presentada por\u00a0 Max Henr\u00edquez Ure\u00f1a y Melvin M. Knight en sus respectivas obras, orientan y describen el mundo que prevaleci\u00f3 como narrativa gubernamental y pol\u00edtica en las dos primeras d\u00e9cadas del siglo XX en la Rep\u00fablica Dominicana.<\/em><\/p>\n<p><em>Tanto la ocupaci\u00f3n norteamericana como la pseudo-revoluci\u00f3n de forma y la ingobernabilidad como figura y acci\u00f3n que vivi\u00f3 la Rep\u00fablica Dominicana entre 1916 y 1924, generaron los males que m\u00e1s tarde iba a padecer el pa\u00eds producto de sus contradictorias estrategias de soluci\u00f3n pol\u00edtica y estatal. La confusi\u00f3n que gener\u00f3 el acuerdo, en proceso, entre 1924, a\u00f1o de la desocupaci\u00f3n del pa\u00eds, y 1930, a\u00f1o de la ascensi\u00f3n al poder del General Rafael L. Trujillo Molina, ha hecho que hasta hoy dicha filosof\u00eda de la historia pol\u00edtica dominicana haya propiciado un marco ideol\u00f3gico marcado por el autoritarismo gubernamental y estatal que tuvo como resultado una dictadura feroz de 31 a\u00f1os en el pa\u00eds.<\/em><\/p>\n<p><em>El concepto de poder, ligado a orden, ciudadan\u00eda, sujeto p\u00fablico, espacio privado y democracia<\/em>,<em>\u00a0ha generado y a la vez construido marcos econ\u00f3mico-pol\u00edticos e ideol\u00f3gicos atravesados por acciones basadas y llevadas a cabo por grupos dominantes e incidentes en la estructura misma de representaci\u00f3n social; siendo as\u00ed que los estudios hist\u00f3ricos y socioculturales del pa\u00eds no han podido aun desmantelar las mallas pol\u00edticas, econ\u00f3micas y culturales que trascienden el tipo de gobernabilidad o gubernamentalidad\u00a0 que favorezca los dif\u00edciles equilibrios que se necesitan en el presente sociopol\u00edtico dominicano.<\/em><\/p>\n<p><em>De ah\u00ed la importancia de los nuevos aportes que, desde el punto de vista de cierta historiograf\u00eda cr\u00edtica, se han hecho presentes y han facilitado una nueva anal\u00edtica de la historia social y cultural\u00a0 dominicana.\u00a0 Lo que en el caso de Max Henr\u00edquez Ure\u00f1a y Melvin M. Knight se deja leer como textualidad impl\u00edcita son los complementos y suplementos que se expresan como fantasmas hist\u00f3ricos y cuerpos narrativos que forman parte del universo pol\u00edtico y sociocultural de la Rep\u00fablica Dominicana en el siglo XX.<\/em><em>\u00a0<\/em><\/p>\n<p><em>En este sentido, la lectura de Los yanquis en Santo Domingo y de Los americanos en Santo Domingo, remite a una misma historia manipulada, \u201carreglada\u201d, adaptada y a\u00fan reconocida como l\u00ednea y contexto de explicaci\u00f3n.\u00a0 La historia y sus diversos modos de narraci\u00f3n, reconocimiento y adecuaci\u00f3n revela sus estados de fuerza e instrucci\u00f3n, particularizados en una formaci\u00f3n estatal cuyo condicionante es la acci\u00f3n vinculante de sus im\u00e1genes y discursos instruccionales, en cuyas cardinales se presentifican los tonos, pulsos y ritmos de la historia dominicana de nuestros d\u00edas.<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Max Henr\u00edquez Ure\u00f1a organiza en su libro\u00a0Los Yanquis en Santo Domingo (op. cit.), la traves\u00eda pol\u00edtica del pa\u00eds a partir de la primera ocupaci\u00f3n norteamericana en 1916 y en base al conflicto creado por los grupos de oposici\u00f3n que abrazaban las t\u00e1cticas de levantamientos rurales y urbanos.\u00a0 El llamado hecho por el ej\u00e9rcito norteamericano restringe [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":27510,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[18,16],"tags":[],"class_list":["post-28458","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-cultura","category-libros"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28458"}],"collection":[{"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=28458"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28458\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":28459,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28458\/revisions\/28459"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/media\/27510"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=28458"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=28458"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/debateplural.net\/site\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=28458"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}