{"id":30433,"date":"2019-01-22T15:12:52","date_gmt":"2019-01-22T19:12:52","guid":{"rendered":"http:\/\/debateplural.com\/?p=30433"},"modified":"2019-01-22T15:13:33","modified_gmt":"2019-01-22T19:13:33","slug":"coalicion-de-partidos-en-primarias-abiertas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/debateplural.net\/site\/2019\/01\/22\/coalicion-de-partidos-en-primarias-abiertas\/","title":{"rendered":"Coalici\u00f3n de partidos en primarias abiertas"},"content":{"rendered":"\n<p>Guillermo Moreno (D. Libre, 7-1-19) <\/p>\n\n\n\n<p>El pasado 3 de enero los partidos Opci\u00f3n Democr\u00e1tica y Alianza Pa\u00eds dirigieron una comunicaci\u00f3n al Pleno de la Junta Central Electoral con la solicitud de que disponga lo que fuere necesario para hacer efectiva su participaci\u00f3n en primarias con padr\u00f3n abierto en una coalici\u00f3n de partidos.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfA qu\u00e9 viene esta solicitud hecha al \u00f3rgano electoral?<\/p>\n\n\n\n<p>Como se recordar\u00e1, la JCE dio como plazo a los partidos, hasta el 6 de diciembre, para que decidieran y le participaran el m\u00e9todo por el que elegir\u00edan sus candidatos de entre las diversas modalidades contempladas en la Ley 33-18.<\/p>\n\n\n\n<p>En respuesta a ese requerimiento de la JCE, por comunicaciones del 4 de diciembre de 2018, Opci\u00f3n Democr\u00e1tica y Alianza Pa\u00eds les informaron a las autoridades electorales la forma de elecci\u00f3n de sus candidaturas conforme decidieron sus respectivos \u00f3rganos de direcci\u00f3n. La decisi\u00f3n adoptada fue, en s\u00edntesis: I) elegir los candidatos mediante primarias con padr\u00f3n abierto; II) la participaci\u00f3n en primarias abiertas est\u00e1 condicionada a poder hacerlo en el marco de una coalici\u00f3n de partidos; III) cada partido elige de forma individual sus candidatos conforme sus respectivos estatutos, los que tendr\u00e1n, de cara a las primarias, la condici\u00f3n de precandidatos al cargo de que se trate.<\/p>\n\n\n\n<p>Ante la nueva realidad pol\u00edtica creada por la promulgaci\u00f3n de la Ley 33-18, Opci\u00f3n Democr\u00e1tica y Alianza Pa\u00eds adoptaron esta modalidad de elecci\u00f3n, por dem\u00e1s, legalmente viable de acuerdo con la legislaci\u00f3n electoral vigente.<\/p>\n\n\n\n<p>A esos fines, es oportuno examinar las disposiciones de la Ley 275-97. En su art\u00edculo 62 precisa que las fusiones, alianzas y coaliciones \u201cson modalidades diferentes de vinculaci\u00f3n de distintos partidos que deciden unir sus fuerzas&#8230;\u201d Este mismo art\u00edculo dispone que \u201clos partidos pol\u00edticos una vez constituidos, pueden fusionarse, aliarse o coaligarse mediante el procedimiento establecido por la presente ley y por los reglamentos que dicte la Junta Central Electoral.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p>Por su parte, la Ley 33-18 sobre Partidos Pol\u00edticos, introdujo regulaciones espec\u00edficas respecto de una de las modalidades de vinculaci\u00f3n de los partidos, espec\u00edficamente sobre las alianzas, modificando en esta parte la ley 275-97.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, la Ley 33-18 en ninguno de sus art\u00edculos se refiere a la coalici\u00f3n de partidos, que es otra modalidad de vinculaci\u00f3n de los partidos, lo que significa que en esta materia la ley 275-97 mantiene toda su vigencia.<\/p>\n\n\n\n<p>Como se ha expresado, la Ley de Partidos No.33-18 introduce, entre otras, la posibilidad de elecci\u00f3n de las candidaturas con padr\u00f3n abierto, sin limitar en ninguna forma la modalidad en que pueda realizarse.<\/p>\n\n\n\n<p>Es en este contexto que Opci\u00f3n Democr\u00e1tica y Alianza Pa\u00eds deciden hacer un uso combinado de dos instituciones legales vigentes, complementarias. Esto es: elegir sus candidatos en primarias abiertas, como lo prev\u00e9 la Ley 33-18, participando en una coalici\u00f3n de partidos de acuerdo con las disposiciones de los art\u00edculos 62 y 64 de la Ley Electoral 275-97.<\/p>\n\n\n\n<p>Con posterioridad a la fecha en que Opci\u00f3n Democr\u00e1tica y Alianza Pa\u00eds depositaron la comunicaci\u00f3n en que informan de la modalidad de elecci\u00f3n de sus candidatos, la JCE, el 12 de diciembre, hizo p\u00fablico el reglamento para la aplicaci\u00f3n de la Ley No.33-18.<\/p>\n\n\n\n<p>De forma inexplicable, en este reglamento, la JCE no se refiere ni organiza la modalidad de participaci\u00f3n en primarias de una coalici\u00f3n de partidos.<\/p>\n\n\n\n<p>Es precisamente, por este vac\u00edo reglamentario, que Opci\u00f3n Democr\u00e1tica y Alianza Pa\u00eds le han solicitado al pleno de la JCE disponer cuanto fuere necesario para hacer efectiva la participaci\u00f3n en primarias en una coalici\u00f3n de partidos.<\/p>\n\n\n\n<p>Es importante valorar la trascendencia de la modalidad de elecci\u00f3n de sus candidatos adoptada por Opci\u00f3n Democr\u00e1tica y Alianza Pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p>Durante d\u00e9cadas, en el pa\u00eds, junto a la evidente inequidad, clientelismo, compra y trastrueque de votos en los procesos electorales, coexiste la pr\u00e1ctica perversa de muchos partidos, en manos de mercaderes de la pol\u00edtica, de vender elecci\u00f3n tras elecci\u00f3n sus franquicias electorales al mejor postor.<\/p>\n\n\n\n<p>En ese contexto, en el sistema pol\u00edtico dominicano, es m\u00e1s f\u00e1cil formar un partido para hacer negocios que hacer emerger y sostener un proyecto pol\u00edtico apegado a pr\u00e1cticas \u00e9ticas y propuestas program\u00e1ticas.<\/p>\n\n\n\n<p>La coalici\u00f3n de partidos precisamente permite que conjuntos de organizaciones existentes y emergentes que tengan coincidencias pol\u00edticas y program\u00e1ticas puedan articular y hacer avanzar un espacio com\u00fan de participaci\u00f3n pol\u00edtica y electoral, conservando cada uno su identidad.<\/p>\n\n\n\n<p>A su vez, la participaci\u00f3n en primarias abiertas de los partidos coaligados, asegura un m\u00e9todo de selecci\u00f3n de los candidatos y candidatas comunes de la coalici\u00f3n, legitimados por la ciudadan\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>Es decir, la coalici\u00f3n de partidos, como espacio unitario, abre un horizonte esperanzador en el sistema pol\u00edtico para la renovaci\u00f3n del liderazgo, desarrollar nuevas pr\u00e1cticas pol\u00edticas, mejorar la calidad de la representaci\u00f3n, en fin, para el fortalecimiento de la democracia en el pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora solo falta que la JCE, en ejercicio de sus facultades, reglamente la coalici\u00f3n de partidos y su partici\u00f3n en primarias.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Guillermo Moreno (D. 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