{"id":30913,"date":"2019-02-11T14:08:07","date_gmt":"2019-02-11T18:08:07","guid":{"rendered":"http:\/\/debateplural.com\/?p=30913"},"modified":"2019-02-11T14:08:13","modified_gmt":"2019-02-11T18:08:13","slug":"sionismo-en-el-mundo-8","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/debateplural.net\/site\/2019\/02\/11\/sionismo-en-el-mundo-8\/","title":{"rendered":"Sionismo en el mundo (8)"},"content":{"rendered":"\n<h3 class=\"wp-block-heading\" style=\"text-align:center\">Estado canalla: violaciones israel\u00edes de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas<\/h3>\n\n\n\n<p>Jeremy R. Hammond (Rebelion, 22-2-10) <\/p>\n\n\n\n<p>Lo que sigue es una lista de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que critican directamente a Israel por violar las resoluciones, la Carta de las Naciones Unidas, las Convenciones de Ginebra, por otras violaciones del derecho internacional y por ejercer el terrorismo internacional.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 57 (18 de septiembre de 1948) \u2013<\/strong>&nbsp;Expresa su profunda conmoci\u00f3n por el asesinato del Mediador de las Naciones Unidas en Palestina, Conde Folke Bernadotte, por terroristas sionistas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 89 (17 de noviembre de 1950)&nbsp;<\/strong>\u2013 Solicita que se preste atenci\u00f3n a la expulsi\u00f3n de \u201cmiles de \u00e1rabes palestinos\u201d y requiere a los gobiernos implicados a no proseguir con acciones que entra\u00f1en \u201cel tr\u00e1nsito de personas por fronteras internacionales o l\u00edneas de armisticio\u201d, y se\u00f1ala que Israel anunci\u00f3 que se retirar\u00eda hasta las l\u00edneas de armisticio.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 93 (18 de mayo de 1951) \u2013<\/strong>&nbsp;Determina que los ataques a\u00e9reos sobre Siria el 5 de abril de 1951 constituyen \u201cuna violaci\u00f3n del alto el fuego\u201d, y acuerda que a los civiles \u00e1rabes expulsados por Israel de la zona desmilitarizada se les debe permitir volver.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 100 (27 de octubre de 1953)&nbsp;<\/strong>\u2013 Se\u00f1ala que Israel se hab\u00eda comprometido a detener el trabajo iniciado en la zona desmilitarizada el 2 de septiembre de 1953.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 101 (24 de noviembre de 1953) \u2013<\/strong>&nbsp;Determina que la agresi\u00f3n de Israel contra Qibya, Jordania el 14-15 de octubre de 1953 es una violaci\u00f3n del alto el fuego y \u201cExpresa su m\u00e1s en\u00e9rgica censura por dicha acci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 106 (29 de marzo de 1955) \u2013<\/strong>&nbsp;Condena la agresi\u00f3n de Israel contra las fuerzas egipcias en la Franja de Gaza el 28 de febrero de 1955.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 111 (19 de enero de 1956)&nbsp;<\/strong>\u2013 Condena la agresi\u00f3n de Israel contra Siria el 11 de diciembre de 1955 como \u201cuna violaci\u00f3n flagrante del alto el fuego\u201d y del acuerdo de armisticio.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 119 (31 de octubre de 1956)&nbsp;<\/strong>\u2013 Considera que \u201cse ha creado una grave situaci\u00f3n\u201d con la agresi\u00f3n a Egipto por parte de las fuerzas de Gran Breta\u00f1a, Francia e Israel.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 171 (9 de abril de 1962) \u2013<\/strong>&nbsp;Ratifica la resoluci\u00f3n 111 y determina que la agresi\u00f3n contra Siria el 16-17 de marzo de 1962 \u201cconstituye una violaci\u00f3n flagrante de aquella resoluci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 228 (25 de noviembre de 1966)&nbsp;<\/strong>\u2013 \u201cDeplora la p\u00e9rdida de vidas y los fuertes da\u00f1os materiales producidos por las operaciones\u201d realizadas por Israel en la zona del sur de Hebr\u00f3n el 13 de noviembre de 1966, y \u201cCensura a Israel por esta acci\u00f3n militar a gran escala vulnerando la Carta de las Naciones Unidas\u201d y el acuerdo del armisticio entre Israel y Jordania.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 237 (14 de junio de 1967)&nbsp;<\/strong>\u2013 Requiere a Israel \u201cque garantice la seguridad y el bienestar de los habitantes de los lugares donde han tenido lugar las operaciones militares\u201d durante la guerra emprendida por Israel el 5 de junio de 1967 \u201cy para facilitar la vuelta de los habitantes que huyeron de dichas zonas al estallar las hostilidades\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 242 (22 de noviembre de 1967) \u2013<\/strong>&nbsp;Se\u00f1ala \u201cque no es admisible la adquisici\u00f3n de territorio mediante la guerra\u201d, que los Estados miembros tienen el compromiso de acatar la Carta de las Naciones Unidas, y requiere a Israel para que se retire de los territorios que ocup\u00f3 durante de guerra de junio de 1967.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 248 (24 de marzo de 1968) \u2013&nbsp;<\/strong>Observa que la agresi\u00f3n israel\u00ed contra Jordania \u201cfue a gran escala y de una naturaleza minuciosamente dise\u00f1ada\u201d, \u201cDeplora la p\u00e9rdida de vidas y los fuertes da\u00f1os materiales\u201d, \u201cCondena la acci\u00f3n militar emprendida por Israel en flagrante violaci\u00f3n de la Carta de las Naciones Unidas y de las resoluciones de alto el fuego\u201d, y \u201cHace un llamamiento a Israel para que no cometa\u201d m\u00e1s violaciones de la resoluci\u00f3n 237.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 250 (27 de abril de 1968) \u2013<\/strong>&nbsp;Considera \u201cque la celebraci\u00f3n de un desfile militar en Jerusal\u00e9n agravar\u00e1 las tensiones en la zona y tendr\u00e1 un efecto adverso sobre una futura soluci\u00f3n pac\u00edfica de los problemas de la zona\u201d y \u201cHace un llamamiento a Israel para que se abstenga de celebrar en Jerusal\u00e9n el desfile militar previsto\u201d el 2 de mayo de 1968.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 251 (2 de mayo de 1968) \u2013&nbsp;<\/strong>Recuerda la resoluci\u00f3n 259 y \u201cDeplora profundamente la celebraci\u00f3n por parte de Israel del desfile militar en Jerusal\u00e9n\u201d el 2 de mayo de 1968 \u201chaciendo caso omiso de\u201d la resoluci\u00f3n 250.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 252 (21 de mayo de 1968)&nbsp;<\/strong>\u2013 \u201cDeplora la negativa de Israel a cumplir con\u201d las resoluciones 2253 y 2254 de la Asamblea General, considera la anexi\u00f3n de Jerusal\u00e9n \u201cnula\u201d, y requiere a Israel \u201ca revocar todas las medidas ya tomadas y a abstenerse sin dilaci\u00f3n de emprender cualquier acci\u00f3n que pudiera cambiar el estatus de Jerusal\u00e9n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 256 (16 de agosto de 1968) \u2013<\/strong>&nbsp;Recuerda la \u201cviolaci\u00f3n flagrante por parte de Israel de la Carta de las Naciones Unidas\u201d denunciada en la resoluci\u00f3n 248, observa que los ataques a\u00e9reos posteriores sobre Jordania \u201cfueron a gran escala y de una naturaleza minuciosamente dise\u00f1ada, infringiendo la resoluci\u00f3n 248\u201d, \u201cDeplora la p\u00e9rdida de vidas y los fuertes da\u00f1os materiales\u201d, y condena los ataques de Israel.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 259 (27 de septiembre de 1968) \u2013<\/strong>&nbsp;Expresa preocupaci\u00f3n por \u201cla seguridad y el bienestar\u201d de los palestinos \u201cbajo ocupaci\u00f3n militar por parte de Israel\u201d, deplora \u201cla demora en la implementaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n 237 (1967) a causa de las condiciones impuestas por Israel para recibir a un Representante Especial del Secretario General\u201d, y solicita a Israel que reciba al Representante Especial y le facilite el trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 262 (31 de diciembre de 1968<\/strong>) \u2013 Observa \u201cque la acci\u00f3n militar realizada por las fuerzas armadas de Israel contra el aeropuerto internacional civil de Beirut fue premeditada, a gran escala y de una naturaleza minuciosamente dise\u00f1ada\u201d, y condena a Israel por la agresi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 265 (1 de abril de 1969)<\/strong>&nbsp;\u2013 Expresa \u201cprofunda preocupaci\u00f3n porque las recientes agresiones contra pueblos jordanos y otras zonas pobladas fueron planificadas con anterioridad, en violaci\u00f3n de las resoluciones\u201d 248 y 256, \u201cDeplora la p\u00e9rdida de vidas civiles y los da\u00f1os materiales infligidos\u201d, y \u201cCondena los recientes ataques a\u00e9reos premeditados emprendidos por Israel sobre pueblos jordanos y zonas pobladas en violaci\u00f3n flagrante de la Carta de las Naciones Unidas y las resoluciones de alto el fuego\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 267 (3 de julio de 1969)&nbsp;<\/strong>\u2013 Recuerda la resoluci\u00f3n 252 y las resoluciones 2253 y 2254 de la Asamblea General, se\u00f1ala que \u201cdesde la adopci\u00f3n de las resoluciones citadas, Israel ha tomado m\u00e1s medidas que pretenden cambiar el estatus de la Ciudad de Jerusal\u00e9n\u201d, ratifica \u201cel principio establecido de que la adquisici\u00f3n de territorio por medio de la conquista militar es inadmisible\u201d, \u201cDeplora la negativa de Israel a respetar las resoluciones\u201d, \u201cCensura en\u00e9rgicamente todas las medidas tomadas con el objetivo de cambiar el estatus de la Ciudad de Jerusal\u00e9n\u201d, \u201cConfirma que todas las medidas administrativas y legislativas tomadas por Israel que pretenden alterar el estatus de Jerusal\u00e9n, incluyendo la expropiaci\u00f3n de tierras y propiedades, son nulas y no pueden cambiar dicho estatus\u201d, y requiere urgentemente a Israel a que revoque las medidas tomadas para anexionar Jerusal\u00e9n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 270 (26 de agosto de 1969)<\/strong>&nbsp;\u2013 \u201cCondena el ataque a\u00e9reo premeditado realizado por Israel sobre los pueblos del sur de L\u00edbano en violaci\u00f3n de sus obligaciones de acuerdo con las resoluciones de la Carta y el Consejo de Seguridad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 271 (15 de septiembre de 1969)&nbsp;<\/strong>\u2013 Expresa dolor \u201cpor los da\u00f1os cuantiosos causados por el incendio premeditado de la sagrada Mezquita de Al-Aqsa en Jerusal\u00e9n\u201d el 21 de agosto de 1969 \u201cdurante la ocupaci\u00f3n militar por parte de Israel\u201d, ratifica \u201cel principio establecido de que la adquisici\u00f3n de territorio mediante la conquista militar es inadmisible\u201d, \u201cDetermina que el acto execrable de profanaci\u00f3n de la sagrada Mezquita de Al-Aqsa acent\u00faa la necesidad inmediata de que Israel desista de violar\u201d las resoluciones anteriores y revoque las medidas tomadas para anexionar Jerusal\u00e9n, requiere a Israel \u201ca observar las cl\u00e1usulas de las Convenciones de Ginebra y del derecho internacional sobre la ocupaci\u00f3n militar\u201d, y condena a Israel por su negativa a cumplir con las resoluciones anteriores.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 279 (12 de mayo de 1970) \u2013<\/strong>&nbsp;\u201cExige la retirada inmediata de todas las fuerzas armadas israel\u00edes del territorio liban\u00e9s.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 280 (19 de mayo de 1970)&nbsp;<\/strong>\u2013 Expresa su convicci\u00f3n de \u201cque la agresi\u00f3n militar israel\u00ed contra L\u00edbano fue premeditada, a gran escala y de una naturaleza minuciosamente dise\u00f1ada\u201d, recuerda la resoluci\u00f3n 279 \u201cexigiendo la retirada inmediata de todas las fueras armadas israel\u00edes del territorio liban\u00e9s\u201d, deplora la violaci\u00f3n por parte de Israel de las resoluciones 262 y 270, \u201cCondena a Israel por su acci\u00f3n militar premeditada, infringiendo sus obligaciones de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas\u201d, y \u201cDeplora la p\u00e9rdida de vidas y da\u00f1os materiales, consecuencia\u201d de las violaciones por parte de Israel de las resoluciones del Consejo de Seguridad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 285 (5 de septiembre de 1970)&nbsp;<\/strong>\u2013 Exige la completa e inmediata retirada de todas las fuerzas armadas israel\u00edes del territorio liban\u00e9s.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 298 (25 de septiembre de 1971)<\/strong>&nbsp;\u2013 Recuerda las resoluciones 252 y 267, y las resoluciones 2253 y 2254 de la Asamblea General referentes a las medidas tomadas por Israel para anexionar Jerusal\u00e9n, reafirma \u201cel principio que la adquisici\u00f3n de territorio mediante la conquista militar es inadmisible\u201d, se\u00f1ala \u201cel incumplimiento por parte de Israel\u201d de estas resoluciones, deplora la negativa de Israel a respetar las resoluciones, confirma que las acciones de Israel \u201cson totalmente nulas\u201d, y requiere a Israel a revocar las medidas ya adoptadas y \u201ca no tomar m\u00e1s medidas dentro de la zona ocupada de Jerusal\u00e9n\u201d con el fin de cambiar el estatus de la ciudad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 313 (28 de febrero de 1972<\/strong>) \u2013 \u201cExige que Israel abandone y se abstenga inmediatamente de cualquier acci\u00f3n militar en tierra o aire contra L\u00edbano y retire sin dilaci\u00f3n todas las fuerzas militares del territorio liban\u00e9s.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 316 (26 de junio de 1972)&nbsp;<\/strong>\u2013 Deplora \u201cla tr\u00e1gica p\u00e9rdida de vidas, consecuencia de todo tipo de actos violentos\u201d, expresa profunda preocupaci\u00f3n \u201cpor la negativa de Israel a cumplir con las resoluciones del Consejo de Seguridad\u201d 262, 270, 280, 285 y 313 \u201cque requieren a Israel a abstenerse sin dilaci\u00f3n de incurrir en cualquier violaci\u00f3n de la soberan\u00eda e integridad territorial de L\u00edbano\u201d y a acatar las resoluciones, condena \u201clas agresiones repetidas de las fuerzas israel\u00edes contra el territorio y poblaci\u00f3n libaneses en violaci\u00f3n de los principios de la Carta de las Naciones Unidas y las obligaciones de Israel.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 317 (21 de julio de 1972)&nbsp;<\/strong>\u2013 Se\u00f1ala la resoluci\u00f3n 316, deplora el hecho de que Israel todav\u00eda no hab\u00eda liberado al \u201cpersonal militar y de seguridad de Siria y L\u00edbano secuestrado por las fuerzas armadas israel\u00edes en territorio liban\u00e9s\u201d el 21 de junio de 1972, y requiere a Israel a liberar a los prisioneros.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 332 (21 de abril de 1972)&nbsp;<\/strong>\u2013 \u201cCondena las agresiones militares repetidas perpetradas por Israel contra L\u00edbano y la violaci\u00f3n por parte de Israel de la integridad territorial y soberan\u00eda de L\u00edbano\u201d, infringiendo la Carta de las Naciones Unidas, el acuerdo de armisticio y las resoluciones de alto el fuego.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 337 (15 de agosto de 1972)&nbsp;<\/strong>\u2013 Se\u00f1ala \u201cla violaci\u00f3n de la soberan\u00eda e integridad territorial de L\u00edbano\u201d por parte de Israel \u201cy el secuestro a\u00e9reo por parte de la fuerza a\u00e9rea de Israel de un avi\u00f3n civil liban\u00e9s arrendado a Iraqi Airways\u201d, expresa profunda preocupaci\u00f3n \u201cporque este tipo de acci\u00f3n realizada por Israel, Miembro de las Naciones Unidas, constituye una grave interferencia en la aviaci\u00f3n civil internacional y una violaci\u00f3n de la Carta de las Naciones Unidas\u201d, reconoce \u201cque este tipo de acci\u00f3n podr\u00eda poner en peligro la vida y seguridad de pasajeros y tripulaci\u00f3n y vulnera las cl\u00e1usulas de las convenciones internacionales que velan por la aviaci\u00f3n civil\u201d, condena a Israel \u201cpor violar la soberan\u00eda e integridad territorial de L\u00edbano y por el desv\u00edo y secuestro por parte de la fuerza a\u00e9rea israel\u00ed de un avi\u00f3n liban\u00e9s en el espacio a\u00e9reo de L\u00edbano\u201d, y considera que las acciones de Israel constituyen una violaci\u00f3n del acuerdo de armisticio, de las resoluciones de alto el fuego, de la Carta de las Naciones Unidas, \u201clas convenciones internacionales sobre aviaci\u00f3n civil y los principios del derecho internacional y moralidad\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 347 (24 de abril de 1974) \u2013<\/strong>&nbsp;\u201cCondena la violaci\u00f3n por parte de Israel de la integridad territorial y soberan\u00eda de L\u00edbano y requiere una vez m\u00e1s al Gobierno de Israel a abstenerse de realizar m\u00e1s acciones militares y amenazas contra L\u00edbano\u201d, y hace un llamamiento a Israel \u201cpara liberar y devolver a L\u00edbano los civiles libaneses secuestrados\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 425 (19 de marzo de 1978)<\/strong>&nbsp;\u2013 \u201cHace un llamamiento para que se respete estrictamente la integridad territorial, soberan\u00eda e independencia pol\u00edtica de L\u00edbano dentro de sus l\u00edmites internacionalmente reconocidos\u201d, y \u201cRequiere a Israel a suspender inmediatamente su acci\u00f3n militar contra la integridad territorial liban\u00e9s y a retirar sin dilaci\u00f3n sus fuerzas de todo el territorio liban\u00e9s\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 427 (3 de mayo de 197<\/strong>8) \u2013 \u201cRequiere a Israel a completar su retirada de todo el territorio liban\u00e9s sin m\u00e1s demora\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 446 (22 de marzo de 1979) \u2013<\/strong>&nbsp;Afirma \u201cuna vez m\u00e1s, que la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra&#8230; es aplicable en los territorios ocupados por Israel desde 1967, incluyendo a Jerusal\u00e9n\u201d, \u201cDetermina que la pol\u00edtica y las pr\u00e1cticas de Israel al establecer colonias en territorio palestino y en otros territorios \u00e1rabes ocupados desde 1967 no tiene validez legal y constituye una grave obstrucci\u00f3n a la consecuci\u00f3n de una paz comprensiva, justa y duradera en Oriente Pr\u00f3ximo\u201d, \u201cDeplora profundamente la negativa de Israel a acatar\u201d las resoluciones 237, 252 y 298, y las resoluciones 2253 y 2254 de la Asamblea General, y requiere a Israel \u201ccomo la potencia ocupante\u201d a acatar la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra, a \u201crevocar las anteriores medidas tomadas y a abstenerse de realizar cualquier acci\u00f3n que tendr\u00eda como resultado el cambio del estatus legal y la naturaleza geogr\u00e1fica, y afectar\u00eda la composici\u00f3n demogr\u00e1fica de los territorios \u00e1rabes ocupados desde 1967, incluyendo Jerusal\u00e9n y, en particular, a no transferir partes de la propia poblaci\u00f3n civil a los territorios \u00e1rabes ocupados\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 450 (14 de junio de 1979)&nbsp;<\/strong>\u2013 \u201cDeplora en\u00e9rgicamente los actos de violencia contra L\u00edbano que han conducido al desplazamiento de civiles, incluyendo a palestinos, a la destrucci\u00f3n y p\u00e9rdida de vidas inocentes\u201d, y requiere a Israel a suspender las acciones contra L\u00edbano, \u201cen particular sus incursiones en L\u00edbano y la colaboraci\u00f3n que sigue prestando a grupos armadosirresponsables\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 452 (20 de julio de 1979) \u2013<\/strong>&nbsp;Deplora en\u00e9rgicamente \u201cla falta de cooperaci\u00f3n por parte de Israel\u201d con la Comisi\u00f3n del Consejo de Seguridad \u201ccreada al amparo de la resoluci\u00f3n 446 (1979) para examinar la situaci\u00f3n en relaci\u00f3n con las colonias establecidas en los territorios \u00e1rabes ocupados desde 1967, incluyendo a Jerusal\u00e9n\u201d, considera \u201cque la pol\u00edtica de Israel de establecer colonias en los territorios \u00e1rabes ocupados no tiene validez legal y constituye una violaci\u00f3n de la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra\u201d, expresa profunda preocupaci\u00f3n por la pol\u00edtica de Israel de construir colonias \u201cen los territorios ocupados \u00e1rabes\u201d, incluyendo a Jerusal\u00e9n, y sus consecuencias para la poblaci\u00f3n local \u00e1rabe y palestina\u201d, y requiere a Israel a suspender dichas actividades.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 465 (1 de marzo de 1980<\/strong>) \u2013 Deplora en\u00e9rgicamente la negativa de Israel a cooperar con la Comisi\u00f3n del Consejo de Seguridad, lamenta el \u201crechazo formal de Israel de\u201d las resoluciones 446 y 452, deplora la decisi\u00f3n de Israel de \u201capoyar oficialmente las colonias israel\u00edes\u201d en los territorios ocupados, expresa profunda preocupaci\u00f3n por la pol\u00edtica israel\u00ed sobre colonias \u201cy sus consecuencias para la poblaci\u00f3n local \u00e1rabe y palestina\u201d, \u201cDeplora en\u00e9rgicamente la decisi\u00f3n de Israel de prohibir que el alcalde de Hebr\u00f3n viaje libremente para comparecer ante el Consejo de Seguridad\u201d, y \u201cDetermina que todas las medidas tomadas por Israel para cambiar el car\u00e1cter f\u00edsico, la composici\u00f3n demogr\u00e1fica, la estructura institucional o el estatus de los territorios palestinos y otros territorios \u00e1rabes ocupados desde 1967, incluyendo a Jerusal\u00e9n, o cualquier parte de la misma, no tienen validez legal y que la pol\u00edtica y pr\u00e1cticas emprendidas por Israel de asentar a partes de su poblaci\u00f3n y a nuevos inmigrantes en aquellos territorios constituye una violaci\u00f3n flagrante de la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 467 (24 de abril de 1980)&nbsp;<\/strong>\u2013 \u201cCondena todas las acciones contrarias a\u201d las resoluciones 425, 426, 434, 444, 450 y 459 \u201cy, en particular, deplora en\u00e9rgicamente\u201d cualquier \u201cviolaci\u00f3n de la soberan\u00eda e integridad territorial libanesas\u201d y \u201cla intervenci\u00f3n militar de Israel en L\u00edbano\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 468 (8 de mayo de 1980)<\/strong>&nbsp;\u2013 Expresa profunda preocupaci\u00f3n \u201cpor la expulsi\u00f3n por parte de las autoridades militares israel\u00edes de ocupaci\u00f3n de los acaldes de Hebr\u00f3n y Halhoul y del juez de la Sharia de Hebr\u00f3n\u201d y \u201cRequiere al Gobierno de Israel como potencia ocupante a revocar estas medidas ilegales y facilitar la vuelta inmediata de los dirigentes palestinos expulsados de manera que puedan reanudar las funciones para los que fueron elegidos y nombrados\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 469 (20 de mayo de 1980) \u2013&nbsp;<\/strong>Recuerda la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra \u201cy en particular el art\u00edculo 1, que afirma \u201cLos firmantes se comprometen a respetar y asegurar el respeto por la presente Convenci\u00f3n en todas las circunstancias\u201d, y el art\u00edculo 49, que afirma \u201cSe proh\u00edben las transferencias individuales o colectivas forzosas, adem\u00e1s de las deportaciones de personas protegidas desde los territorios ocupados hasta el territorio de la potencia ocupante o al territorio de otro pa\u00eds, ocupado o no, independientemente de su motivo\u201d, \u201cDeplora en\u00e9rgicamente la negativa del Gobierno de Israel a implementar la resoluci\u00f3n 468 del Consejo de Seguridad\u201d, requiere al Gobierno de Israel, como potencia ocupante, a revocar las medidas ilegales y facilitar la vuelta inmediata de los dirigentes palestinos expulsados de manera que puedan reanudar las funciones para las que fueron elegidos y nombrados\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 471 (5 de junio de 1980) \u2013<\/strong>&nbsp;Recuerda \u201cuna vez m\u00e1s\u201d la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra, \u201cy en particular el art\u00edculo 27, que afirma, \u2018Las personas protegidas tienen derecho, en cualquier circunstancia, a que se respete su integridad&#8230; Ser\u00e1n tratadas en todo momento de forma compasiva, y protegidas especialmente contra todo acto de violencia o amenazas&#8230;\u2019\u201d, reafirma el campo de aplicaci\u00f3n de la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra \u201ca los territorios \u00e1rabes ocupados por Israel desde 1967, incluyendo Jerusal\u00e9n\u201d, expresa profunda preocupaci\u00f3n de \u201cque los colonos jud\u00edos de los territorios \u00e1rabes ocupados puedan llevar armas, lo que les permite perpetrar cr\u00edmenes contra la poblaci\u00f3n \u00e1rabe civil\u201d, \u201cCondena los intentos de asesinato contra los alcaldes de Nabl\u00fas, Ramala y al-Bireh y demanda la detenci\u00f3n y procesamiento de los autores de estos cr\u00edmenes\u201d, \u201cexpresa profunda preocupaci\u00f3n por el hecho de que Israel, como potencia ocupante, haya fracasado en proporcionar protecci\u00f3n adecuada a la poblaci\u00f3n civil de los territorios ocupados de conformidad con las cl\u00e1usulas de la Convenci\u00f3n de Ginebra relativas a la Protecci\u00f3n de Personas Civiles en Tiempo de Guerra\u201d, requiere a Israel \u201ca proporcionar a las v\u00edctimas la compensaci\u00f3n adecuada por los da\u00f1os sufridos como consecuencia de estos cr\u00edmenes\u201d, \u201cRequiere de nuevo al gobierno de Israel a respetar y cumplir con las cl\u00e1usulas de\u201d la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra y \u201clas resoluciones correspondientes del Consejo de Seguridad\u201d, \u201crequiere una vez m\u00e1s a todos los Estados a no proporcionar a Israel ninguna asistencia que se utilizar\u00e1 espec\u00edficamente en conexi\u00f3n [sic] con las colonias de los territorios ocupados\u201d, \u201cReafirma la necesidad primordial de finalizar la ocupaci\u00f3n prolongada de los territorios ocupados por Israel desde 1967, incluyendo Jerusal\u00e9n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 476 (30 de junio de 1980) \u2013<\/strong>&nbsp;Ratifica que \u201cla adquisici\u00f3n de territorio por la fuerza es inadmisible\u201d, deplora \u201cla persistencia de Israel en cambiar el car\u00e1cter f\u00edsico, la composici\u00f3n demogr\u00e1fica, la estructura institucional y el estatus de la Ciudad Santa de Jerusal\u00e9n\u201d, expresa grave preocupaci\u00f3n \u201cpor las medidas legislativas iniciadas en el&nbsp;<em>Knesset&nbsp;<\/em>israel\u00ed con el prop\u00f3sito de cambiar el car\u00e1cter y estatus de la Ciudad Santa de Jerusal\u00e9n\u201d, reafirma \u201cla necesidad primordial de finalizar la ocupaci\u00f3n prolongada de los territorios \u00e1rabes ocupados por Israel desde 1967, incluyendo Jerusal\u00e9n\u201d, \u201cDeplora en\u00e9rgicamente la negativa continuada de Israel, la potencia ocupante, a cumplir con las resoluciones correspondientes del Consejo de Seguridad y de la Asamblea General\u201d, \u201cReafirma que todas las medidas administrativas y legislativas tomadas por Israel, la potencia ocupante, que pretenden alterar el car\u00e1cter y estatus de la Ciudad Santa de Jerusal\u00e9n no tienen validez legal y constituyen una violaci\u00f3n flagrante de la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra\u201d, \u201cReitera que dichas medidas&#8230; son nulas y deben revocarse en cumplimiento de las resoluciones correspondientes del Consejo de Seguridad\u201d, y \u201cRequiere urgentemente a Israel, la potencia ocupante, a acatar \u00e9sta y las anteriores resoluciones del Consejo de Seguridad y a abstenerse sin dilaci\u00f3n a insistir en la pol\u00edtica y medidas que afectan el car\u00e1cter y estatus de la Ciudad Santa de Jerusal\u00e9n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 478 (20 de agosto de 198<\/strong>0) \u2013 Ratifica \u201cde nuevo que la adquisici\u00f3n de territorio por la fuerza es inadmisible\u201d, se\u00f1ala \u201cque Israel no ha cumplido con la resoluci\u00f3n 476\u201d, \u201cCensura en\u00e9rgicamente la promulgaci\u00f3n por parte de Israel de la \u2018ley b\u00e1sica\u2019 sobre Jerusal\u00e9n y su negativa a cumplir con las resoluciones correspondientes del Consejo de Seguridad\u201d, \u201cAfirma que la promulgaci\u00f3n de la \u2018ley b\u00e1sica\u2019 por parte de Israel constituye una violaci\u00f3n del derecho internacional\u201d, \u201cDetermina que todas las medidas administrativas y legislativas, y acciones tomadas por Israel, la potencia ocupante, que han alterado o pretenden alterar el car\u00e1cter y estatus de la Ciudad Santa de Jerusal\u00e9n, y en particular la reciente \u2018ley b\u00e1sica\u2019 sobre Jerusal\u00e9n, son nulas y deben revocarse sin dilaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 484 (19 de diciembre de 1980)<\/strong>&nbsp;\u2013 Expresa \u201cprofunda preocupaci\u00f3n por la expulsi\u00f3n por parte de Israel de los alcaldes de Hebr\u00f3n y Halhoul\u201d, \u201cRatifica el campo de aplicaci\u00f3n de\u201d la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra \u201ca todos los territorios \u00e1rabes ocupados por Israel en 1967\u201d, \u201cRequiere a Israel, la potencia ocupante, a acatar las cl\u00e1usulas de la Convenci\u00f3n\u201d, y \u201cDeclara que es imperativo que se permita a los alcaldes de Hebr\u00f3n y Halhoul volver a sus hogares y reanudar sus responsabilidades\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 487 (19 de junio de 1981)&nbsp;<\/strong>\u2013 Expresa plena conciencia \u201cpor el hecho de que Iraq ha sido parte interesada en el Tratado de No Proliferaci\u00f3n de Armas Nucleares desde su entrada en vigor en 1970, que de acuerdo con este Tratado, Iraq ha aceptado las salvaguardias del OIEA sobre todas sus actividades nucleares, y que la Agencia ha atestiguado que estas salvaguardias se han aplicado satisfactoriamente hasta la fecha\u201d, se\u00f1ala \u201cadem\u00e1s que Israel no ha acatado el Tratado de no proliferaci\u00f3n\u201d, expresa profunda preocupaci\u00f3n \u201cpor el peligro para la paz y seguridad internacionales creado por el ataque a\u00e9reo de Israel sobre las instalaciones nucleares iraqu\u00edes el 7 de junio de 1981, que podr\u00eda en cualquier momento hacer estallar la situaci\u00f3n en la zona, con graves consecuencias para los intereses vitales de todos los Estados\u201d, \u201cCondena en\u00e9rgicamente el ataque militar de Israel en clara violaci\u00f3n de la Carta de las Naciones Unidas y las normas de conducta internacional\u201d, \u201cConsidera, adem\u00e1s, que dicho ataque constituye una grave amenaza a todo el r\u00e9gimen IAEA de salvaguardias que es la base del Tratado de no proliferaci\u00f3n\u201d, \u201cReconoce plenamente el derecho soberano inalienable de Iraq y de los dem\u00e1s Estados, especialmente los pa\u00edses en desarrollo, de establecer con fines pac\u00edficos programas de promoci\u00f3n nuclear y tecnol\u00f3gica destinados a la econom\u00eda y la industria, de acuerdo con sus necesidades actuales y futuras, y consecuentes con los objetivos internacionalmente aceptados de prevenir la proliferaci\u00f3n de armas nucleares\u201d, y \u201cRequiere a Israel urgentemente a colocar a sus instalaciones nucleares bajo las salvaguardias IAEA\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 497 (17 de diciembre de 1981)<\/strong>&nbsp;\u2013 Ratifica \u201cque la adquisici\u00f3n de territorio por la fuerza no es admisible, de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas, los principios del derecho internacional, y las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad\u201d, \u201cResuelve que la decisi\u00f3n israel\u00ed de imponer leyes, jurisdicci\u00f3n y administraci\u00f3n en los Altos de Gol\u00e1n ocupados en Siria es nula y sin efecto legal internacional\u201d, \u201cExige que Israel, la potencia ocupante, deber\u00eda revocar sin dilaci\u00f3n su decisi\u00f3n\u201d, y \u201cDetermina que todas las cl\u00e1usulas de la\u201d Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra \u201csiguen siendo aplicables al territorio sirio ocupado por Israel desde junio 1967.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 501 (25 de febrero de 1982) \u2013<\/strong>&nbsp;Ratifica la resoluci\u00f3n 425 que requiere a Israel a suspender su agresi\u00f3n militar contra L\u00edbano.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 509 (6 de junio de 1982) \u2013<\/strong>&nbsp;\u201cExige que Israel retire a todas sus fuerzas militares sin dilaci\u00f3n e incondicionalmente hacia las fronteras internacionalmente reconocidas de L\u00edbano\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 515 (29 de julio de 1982) \u2013<\/strong>&nbsp;\u201cExige que el Gobierno de Israel levante inmediatamente el bloqueo de la ciudad de Beirut para permitir el paso de suministros que palien las urgentes necesidades de la poblaci\u00f3n civil y permitan la distribuci\u00f3n de ayuda proporcionada por las agencias de las Naciones Unidas y por organizaciones no gubernamentales, en particular el Comit\u00e9 Internacional de la Cruz Roja (ICRC).<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 517 (4 de agosto de 1982) \u2013<\/strong>&nbsp;Expresa profunda conmoci\u00f3n y alarma \u201cpor las consecuencias deplorables de la invasi\u00f3n de Beirut el 3 de agosto de 1982\u201d, \u201cConfirma una vez m\u00e1s su exigencia de un inmediato alto el fuego y la retirada de las fuerzas israel\u00edes de L\u00edbano\u201d, y \u201cCensura a Israel por su negativa a cumplir con\u201d las resoluciones 508, 509, 512, 513, 515 y 516.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 518 (12 de agosto de 1982)<\/strong>&nbsp;\u2013 \u201cExige que Israel y todas las partes del conflicto que respeten estrictamente los t\u00e9rminos de las resoluciones del Consejo de Seguridad pertinentes al cese inmediato de toda actividad militar dentro de L\u00edbano y, en particular, dentro y alrededor de Beirut\u201d, \u201cExige el levantamiento inmediato de todas las restricciones sobre la ciudad de Beirut con el fin de permitir la entrada sin obst\u00e1culos de suministros que palien las urgentes necesidades de la poblaci\u00f3n civil en Beirut\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 520 (17 de septiembre de 1982)&nbsp;<\/strong>\u2013 \u201cCondena las recientes incursiones por parte de Israel en Beirut, infringiendo los acuerdos de alto el fuego y las resoluciones del Consejo de Seguridad\u201d, y \u201cExige la inmediata retirada a las posiciones ocupadas por Israel antes\u201d del 15 de septiembre de 1982, \u201ccomo primer paso hacia la plena implementaci\u00f3n de las resoluciones del Consejo de Seguridad\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 521 (19 de septiembre de 198<\/strong>2) \u2013 \u201cCondena la masacre criminal de civiles palestinos en Beirut\u201d en los campos de refugiados de Sabra y Chatila.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 573 (4 de octubre de 1985)&nbsp;<\/strong>\u2013 \u201cCondena en\u00e9rgicamente el acto de agresi\u00f3n armada perpetrado por Israel contra el territorio tunecino en flagrante violaci\u00f3n de la Carta de las Naciones Unidas, del derecho internacional y de las normas [reconocidas] de conducta\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 592 (8 de diciembre de 1986)<\/strong>&nbsp;\u2013 Ratifica que la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra \u201ces aplicable a los territorios palestinos y otros territorios \u00e1rabes ocupados por Israel desde 1967, incluyendo Jerusal\u00e9n\u201d, y \u201cDeplora en\u00e9rgicamente que el ej\u00e9rcito israel\u00ed abriera fuego contra estudiantes indefensos, causando muertes y heridos.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 605 (22 de diciembre de 1987)<\/strong>&nbsp;\u2013 \u201cDeplora en\u00e9rgicamente las pol\u00edticas y pr\u00e1cticas de Israel, la potencia ocupante, que violan los derechos humanos del pueblo palestino en los territorios ocupados, y en particular que el ej\u00e9rcito israel\u00ed abriera fuego contra civiles palestinos indefensos, causando muertes y heridos\u201d, y ratifica el campo de aplicaci\u00f3n de la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra \u201ca los territorios palestinos y otros territorios \u00e1rabes ocupados por Israel desde 1967, incluyendo Jerusal\u00e9n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 607 (5 de enero de 1988)<\/strong>&nbsp;\u2013 Expresa \u201cprofunda preocupaci\u00f3n por la situaci\u00f3n en los Territorios Palestinos Ocupados\u201d, toma nota de \u201cla decisi\u00f3n de Israel, la potencia ocupante, de \u2018continuar con la deportaci\u00f3n\u2019 de civiles palestinos en los territorios ocupados\u201d, \u201cRatifica una vez m\u00e1s\u201d el campo de aplicaci\u00f3n de la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra \u201ca los territorios palestinos y otros territorios \u00e1rabes ocupados por Israel desde 1967, incluyendo Jerusal\u00e9n\u201d, \u201cRequiere a Israel a abstenerse de deportar a civiles palestinos de los territorios ocupados\u201d, e \u201cinsta en\u00e9rgicamente a Israel, la potencia ocupante, a acatar sus obligaciones se\u00f1aladas en la Convenci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 608 (14 de enero de 1988)&nbsp;<\/strong>\u2013 Ratifica la resoluci\u00f3n 607, expresa \u201cprofundo pesar que Israel, la potencia ocupante, desafiando aquella resoluci\u00f3n, haya deportado a civiles palestinos\u201d, y \u201cRequiere a Israel a revocar la orden de deportar a civiles palestinos y a garantizar la vuelta segura e inmediata a los Territorios Palestinos Ocupados de aquellas personas que ya han sido deportadas\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 611 (25 de abril de 1988) \u2013<\/strong>&nbsp;Se\u00f1ala \u201ccon preocupaci\u00f3n que la agresi\u00f3n perpetrada\u201d por los israel\u00edes el 16 de abril de 1988 \u201cen la localidad de Sidi Bou Said\u201d en T\u00fanez \u201cha causado la p\u00e9rdida de vidas humanas, en particular el asesinato de Khalil El Wazir\u201d, y \u201cCondena en\u00e9rgicamente la agresi\u00f3n perpetrada&#8230; contra la soberan\u00eda e integridad territorial de T\u00fanez, infringiendo flagrantemente la Carta de las Naciones Unidas, el derecho internacional y las normas [reconocidas] de conducta\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 636 (6 de julio de 1989)&nbsp;<\/strong>\u2013 Ratifica las resoluciones 607 y 608, se\u00f1ala \u201cque Israel, la potencia ocupante, una vez m\u00e1s, desafiando aquellas resoluciones, ha deportado a ocho civiles palestinos el 29 de junio de 1989\u201d, Expresa profundo pesar \u201cpor la deportaci\u00f3n continuada por parte de Israel, la potencia ocupante, de civiles palestinos\u201d, \u201cRequiere a Israel a garantizar la vuelta segura e inmediata a los territorios palestinos ocupados de los deportados y a abstenerse sin dilaci\u00f3n de deportar a m\u00e1s civiles palestinos\u201d, y \u201cRatifica que\u201d la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra \u201ces aplicable a los territorios palestinos ocupados por Israel desde 1967, incluyendo Jerusal\u00e9n y otros territorios \u00e1rabes ocupados\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 641 (30 de agosto de 1989) \u2013<\/strong>&nbsp;Ratifica las resoluciones 607, 608 y 636, se\u00f1ala que Israel \u201cuna vez m\u00e1s, desafiando aquellas resoluciones, ha deportado a cinco civiles palestinos el 27 de agosto de 1989\u201d, y \u201cDeplora la deportaci\u00f3n continuada por parte de Israel, la potencia ocupante, de civiles palestinos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 672 (12 de octubre de 1990)&nbsp;<\/strong>\u2013 \u201cExpresa alarma por la violencia perpetrada\u201d el 8 de octubre de 1990, \u201cen Al Haram al Shareef y otros Lugares Santos de Jerusal\u00e9n, con el resultado de m\u00e1s de veinte palestinos muertos y m\u00e1s de ciento cincuenta heridos, incluyendo a civiles palestinos y fieles inocentes\u201d, \u201cCondena especialmente los actos de violencia cometidos por las fuerzas israel\u00edes con resultado de heridos y p\u00e9rdidas de vidas\u201d, y \u201cSolicita, en relaci\u00f3n con la decisi\u00f3n del Secretario General de enviar una comisi\u00f3n a la zona, lo que el Consejo saluda, que presente un informe al Consejo antes de finales de octubre de 1990 que incluya las investigaciones y conclusiones y que, a dicho fin, utilice, seg\u00fan estime necesario, todos los recursos de las Naciones Unidas disponibles en la zona\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 673 (24 de octubre de 1990)<\/strong>&nbsp;\u2013 \u201cDeplora la negativa del Gobierno israel\u00ed a recibir a la comisi\u00f3n del Secretario General\u201d, y \u201cUrge al Gobierno israel\u00ed a reconsiderar su decisi\u00f3n e insiste en que acate totalmente la resoluci\u00f3n 672 (1990) y que permita a la Comisi\u00f3n enviada por el Secretario General cumplir con su cometido.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 681 (20 de diciembre de 1990)<\/strong>&nbsp;\u2013 Ratifica \u201clas obligaciones de los Estados miembros bajo la Carta de las Naciones Unidas\u201d, ratifica \u201ctambi\u00e9n el principio de que no es admisible la adquisici\u00f3n de territorio mediante la guerra\u201d, \u201cexpresa alarma \u201cpor la decisi\u00f3n del Gobierno israel\u00ed de deportar a cuatro palestinos de los territorios ocupados, infringiendo sus obligaciones de acuerdo con la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra\u201d y las resoluciones 607, 608, 636 y 641, \u201cExpresa profunda preocupaci\u00f3n por el rechazo por parte de Israel de las resoluciones 672 y 673 del Consejo de Seguridad\u201d, y \u201cDeplora la decisi\u00f3n del Gobierno de Israel, la potencia ocupante, de reanudar las deportaciones de civiles palestinos de los territorios ocupados.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 694 (24 de mayo de 1991)<\/strong>&nbsp;\u2013 Ratifica la resoluci\u00f3n 681 que requiere a Israel que respete la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra, se\u00f1ala \u201ccon profunda preocupaci\u00f3n y consternaci\u00f3n que Israel, violando sus obligaciones de acuerdo con la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra de 1949 y actuando en contra de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, y en detrimento de los esfuerzos orientados a conseguir una paz comprensiva, justa y duradera en Oriente Pr\u00f3ximo, ha deportado a cuatro civiles palestinos el 18 de mayo de 1991, \u201cDeclara que la acci\u00f3n de las autoridades israel\u00edes de deportar a cuatro palestinos&#8230; infringe la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra&#8230;, que es aplicable a todos los territorios palestinos ocupados por Israel desde 1967, incluyendo Jerusal\u00e9n\u201d, y \u201cDeplora esta acci\u00f3n y reitera que Israel, la potencia ocupante, se abstenga de deportar a civiles palestinos de los territorios ocupados y garantizar la vuelta segura e inmediata de todos los deportados\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 726 (6 de enero de 1992)&nbsp;<\/strong>\u2013 Recuerda las resoluciones 607, 608, 636, 641 y 694 que requieren a Israel a respetar la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra, \u201cCondena en\u00e9rgicamente la decisi\u00f3n de Israel, la potencia ocupante, de reanudar las deportaciones de civiles palestinos, \u201cRatifica que la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra&#8230; es aplicable a todos los territorios palestinos ocupados por Israel desde 1967, incluyendo Jerusal\u00e9n\u201d, y \u201csolicita a Israel, la potencia ocupante, que garantice la vuelta segura e inmediata a los territorios ocupados de todos los deportados\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 799 (18 de diciembre de 1992) \u2013<\/strong>&nbsp;Ratifica las resoluciones 607, 608, 636, 641, 681, 694 y 726 requiriendo a Israel que respete la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra, se\u00f1ala \u201ccon grave preocupaci\u00f3n que Israel, la potencia ocupante, infringiendo sus obligaciones de acuerdo con la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra&#8230;, deport\u00f3 a L\u00edbano\u201d el 17 de diciembre de 1992 a \u201ccientos de civiles palestinos de los territorios ocupados por Israel desde 1967, incluyendo Jerusal\u00e9n\u201d, \u201cCondena en\u00e9rgicamente la acci\u00f3n tomada por Israel, la potencia ocupante, de deportar a cientos de civiles palestinos, y expresa su firme oposici\u00f3n a cualquier deportaci\u00f3n por parte de Israel\u201d, \u201cRatifica que la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra&#8230; es aplicable a todos los territorios palestinos ocupados por Israel desde 1967, incluyendo Jerusal\u00e9n\u201d, y afirma que la deportaci\u00f3n de civiles constituye una contravenci\u00f3n de sus obligaciones de acuerdo con la Convenci\u00f3n\u201d y \u201cExige que Israel, la potencia ocupante, garantice la vuelta segura e inmediata a los territorios ocupados de todos los deportados\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 904 (18 de marzo de 1994)&nbsp;<\/strong>\u2013 Expresa conmoci\u00f3n por \u201cla espantosa masacre cometida contra los fieles palestinos en la Mezquita de Ibrahim en Hebr\u00f3n\u201d el 25 de febrero de 1994 por el colono jud\u00edo Baruch Goldstein \u201cen el transcurso del mes santo de Ramad\u00e1n\u201d, expresa profunda preocupaci\u00f3n por \u201clas v\u00edctimas palestinas del territorio ocupado consecuencia del masacre, que subraya la necesidad de proporcionar protecci\u00f3n y seguridad al pueblo palestino\u201d, se\u00f1ala \u201cla condena de esta masacre por parte de toda la comunidad internacional\u201d, \u201cCondena en\u00e9rgicamente la masacre en Hebr\u00f3n y sus secuelas, que costaron la vida a m\u00e1s de cincuenta civiles palestinos y heridas a varios centenares\u201d, y \u201cRequiere a Israel, la potencia ocupante, a tomar e implementar medidas, incluyendo,&nbsp;<em>inter alia<\/em>, la confiscaci\u00f3n de armas, con el fin de impedir los actos ilegales de violencia por parte de colonos israel\u00edes\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 1073 (28 de septiembre de 1996)<\/strong>&nbsp;\u2013 Expresa \u201cprofunda preocupaci\u00f3n por los tr\u00e1gicos acontecimientos en Jerusal\u00e9n y las zonas de Nabl\u00fas, Ramala, Bel\u00e9n y la Franja de Gaza, que resultaron en un alto n\u00famero de muertes y heridos entre civiles palestinos, tambi\u00e9n expresa preocupaci\u00f3n por los enfrentamientos entre el ej\u00e9rcito israel\u00ed y la polic\u00eda palestina, y las v\u00edctimas causadas en ambas partes\u201d, \u201cDemanda que se garanticen la seguridad y protecci\u00f3n de los civiles palestinos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 1322 (7 de octubre de 2000) \u2013&nbsp;<\/strong>Expresa profunda preocupaci\u00f3n por los tr\u00e1gicos acontecimientos que han tenido lugar\u201d desde el 28 de septiembre de 2000 \u201cque han resultado en numerosas muertes y heridos, principalmente entre los palestinos\u201d, \u201cDeplora la provocaci\u00f3n ejercida en Al-Haram Al-Sharif en Jerusal\u00e9n\u201d el 28 de septiembre de 2000 \u201cy la violencia producida all\u00ed y en otros Lugares Santos, adem\u00e1s de otras zonas por todos los territorios ocupados por Israel desde 1967, resultando en m\u00e1s de 80 muertes palestinas y muchas m\u00e1s v\u00edctimas\u201d, \u201cCondena los actos de violencia, especialmente el uso excesivo de fuerza contra los palestinos, resultando en heridos y p\u00e9rdidas de vidas humanas\u201d, y \u201cRequiere a Israel, la potencia ocupante, a acatar escrupulosamente sus obligaciones legales y responsabilidades bajo la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 1402 (30 de marzo de 2002<\/strong>) \u2013 Expresa profunda preocupaci\u00f3n \u201cpor el importante deterioro de la situaci\u00f3n, incluyendo las recientes explosiones de bombas suicidas en Israel y la agresi\u00f3n militar contra el cuartel general del presidente de la Autoridad Palestina\u201d, \u201cRequiere a las dos partes a avanzar inmediatamente hacia un alto el fuego significativo\u201d y \u201cdemanda la retirada de las tropas israel\u00edes de las ciudades palestinas, incluyendo Ramala\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 1403 (4 de abril de 2002)&nbsp;<\/strong>\u2013 Expresa profunda preocupaci\u00f3n \u201cpor el importante deterioro de la situaci\u00f3n sobre el terreno\u201d y \u201cExige la implementaci\u00f3n sin demora de la resoluci\u00f3n 1402 (de 2002)\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 1405 (19 de abril de 200<\/strong>2) \u2013 Expresa preocupaci\u00f3n por \u201cla espantosa situaci\u00f3n humanitaria de la poblaci\u00f3n civil palestina, en particular por los informes procedentes del campo de refugiados de Yen\u00edn sobre un n\u00famero desconocido de muertes, y destrucci\u00f3n\u201d, demanda \u201cel levantamiento de las restricciones impuestas, sobre todo en Yen\u00edn, sobre las operaciones de las organizaciones humanitarias, incluyendo al Comit\u00e9 Internacional de la Cruz Roja y la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en Oriente Pr\u00f3ximo\u201d, y \u201cDestaca la necesidad de acceso de las organizaciones m\u00e9dicas y humanitarias a la poblaci\u00f3n civil palestina\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 1435 (24 de septiembre de 2002<\/strong>) \u2013 Expresa profunda preocupaci\u00f3n \u201cpor la reocupaci\u00f3n del cuartel general del Presidente de la Autoridad Palestina en la Ciudad de Ramala que tuvo lugar\u201d el 19 de septiembre de 2002, demanda \u201csu fin inmediato\u201d, expresa alarma \u201cpor la reocupaci\u00f3n de ciudades palestinas adem\u00e1s de las graves restricciones impuestas sobre la libertad de movimiento de personas y mercanc\u00edas, y profunda preocupaci\u00f3n por la crisis humanitaria que est\u00e1 padeciendo el pueblo palestino\u201d, reitera \u201cla necesidad de respeto en todas las circunstancias del derecho humanitario internacional, incluyendo la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra en cuanto se refiere a la protecci\u00f3n de civiles en tiempo de guerra\u201d, Exige que Israel abandone inmediatamente las medidas tomadas en Ramala y sus alrededores, incluyendo la destrucci\u00f3n de la infraestructura palestina civil y de seguridad\u201d, y \u201cExige tambi\u00e9n la retirada expeditiva de las fuerzas israel\u00edes de ocupaci\u00f3n de las ciudades palestinas hacia las posiciones previas a septiembre 2000\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 1544 (19 de mayo de 2004)<\/strong>&nbsp;\u2013 Ratifica las resoluciones 242, 338, 446, 1322, 1397, 1402, 1405, 1435 y 1515, reitera \u201cla obligaci\u00f3n de Israel, la potencia ocupante, de acatar escrupulosamente sus obligaciones legales y responsabilidades bajo la Cuarta Convenci\u00f3n de Ginebra en cuanto se refiere a la protecci\u00f3n de civiles en tiempo de guerra\u201d, requiere a Israel a abordar sus necesidades de seguridad dentro de los l\u00edmites del derecho internacional\u201d, expresa \u201cprofunda preocupaci\u00f3n por el deterioro continuado de la situaci\u00f3n sobre el terreno en el territorio ocupado por Israel desde 1967\u201d, condena \u201cel asesinato de civiles palestinos en la zona de Rafah\u201d, expresa profunda preocupaci\u00f3n \u201cpor la reciente demolici\u00f3n de hogares acometida por Israel, la potencia ocupante, en el campo de refugiados de Rafah\u201d, ratifica \u201csu apoyo a la Hoja de Ruta, refrendado en la resoluci\u00f3n 1515\u201d, \u201cRequiere a Israel a respetar sus obligaciones bajo el derecho humanitario internacional, e insiste, en particular, en su obligaci\u00f3n de no emprender m\u00e1s demoliciones de hogares, contrarias a dicho derecho\u201d, y \u201cRequiere a las dos partes a implementar inmediatamente sus obligaciones de acuerdo con la Hoja de Ruta\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 1701 (11 de agosto de 2006) \u2013 E<\/strong>xpresa \u201csu extrema preocupaci\u00f3n por la escalada continuada de hostilidades en L\u00edbano e Israel\u201d que \u201cya ha causado cientos de muertes y heridos\u201d y \u201cda\u00f1os extensivos a la infraestructura civil y cientos de miles de personas internamente desplazadas\u201d, y \u201cDemanda el cese total de hostilidades\u201d, incluyendo \u201cel cese inmediato por parte de Israel de todas las operaciones militares de agresi\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resoluci\u00f3n 1860 (8 de enero de 2009) \u2013<\/strong>&nbsp;Expresa \u201cprofunda preocupaci\u00f3n por el recrudecimiento de la violencia y el deterioro de la situaci\u00f3n, en particular por las cuantiosas v\u00edctimas civiles desde la negativa de extender el periodo de calma\u201d, expresa \u201cgrave preocupaci\u00f3n por la profunda crisis humanitaria en Gaza\u201d, \u201cpide un alto el fuego inmediato, duradero y plenamente respetado, que desemboque en la total retirada de las fuerzas israel\u00edes de Gaza\u201d, \u201cPide el suministro y la distribuci\u00f3n sin impedimentos en Gaza de asistencia humanitaria, incluyendo comida, combustible y asistencia m\u00e9dica\u201d, y \u201cCondena toda violencia y hostilidades dirigidas contra los civiles, y todo acto de terrorismo\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Estado canalla: violaciones israel\u00edes de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas Jeremy R. 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