{"id":32529,"date":"2019-04-17T10:58:04","date_gmt":"2019-04-17T14:58:04","guid":{"rendered":"http:\/\/debateplural.com\/?p=32529"},"modified":"2019-04-17T10:58:04","modified_gmt":"2019-04-17T14:58:04","slug":"la-ley-helms-burton-una-historia-silenciada-i","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/debateplural.net\/site\/2019\/04\/17\/la-ley-helms-burton-una-historia-silenciada-i\/","title":{"rendered":"La Ley Helms-Burton: Una historia silenciada (I)"},"content":{"rendered":"<p><strong>\u00a0<\/strong>Ricardo Alarc\u00f3n de Quesada (Cubadebate, 13-4-19)<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3>La trampa<\/h3>\n<p><strong>Desde que comenz\u00f3 este a\u00f1o el Departamento de Estado norteamericano ha emitido varios anuncios sobre la suspensi\u00f3n parcial de la aplicaci\u00f3n de algunos aspectos de un cap\u00edtulo de la llamada Ley Helms-Burton. Lo ha hecho con el estilo tramposo, fraudulento, caracter\u00edstico de los actuales gobernantes, con la clara intenci\u00f3n de crear incertidumbre y confusi\u00f3n<\/strong>, prop\u00f3sito para el cual cuentan, como es habitual, con los medios que se supone deb\u00edan dedicarse a informar.<\/p>\n<p>Ante todo hay que decir que en rigor se trata de un aspecto secundario de la mentada Ley, adefesio pseudojur\u00eddico que viola groseramente el Derecho Internacional, cuya ilegalidad y agresividad en nada cambian, apliquen o no la tan cacareada suspensi\u00f3n. Se trata de abrir o no, ahora, la posibilidad de presentar demandas ante tribunales norteamericanos por actos realizados fuera de su jurisdicci\u00f3n, en este caso en el territorio de la Rep\u00fablica de Cuba. Como quiera que tales litigios pudieran afectar a empresas extranjeras con inversiones en la Isla, el asunto provoc\u00f3 el rechazo de otros pa\u00edses y condujo a que la Uni\u00f3n Europea presentase en 1996 una denuncia formal ante la Organizaci\u00f3n Mundial de Comercio. El asunto se sell\u00f3 entonces cuando Washington se comprometi\u00f3 a suspender la acci\u00f3n ante sus tribunales lo cual han hecho, religiosamente, cada seis meses Clinton, W. Bush, Obama, incluso Trump.<\/p>\n<p>Fue un ejercicio repetido durante m\u00e1s de veinte a\u00f1os hasta que el pasado 16 de enero se anunci\u00f3 que esta vez la suspensi\u00f3n ser\u00eda por 45 d\u00edas. Cuando tal plazo se venci\u00f3 en marzo hicieron saber que lo prorrogar\u00edan por otros 30 d\u00edas aunque agregando que a partir del 19 de ese mes permitir\u00edan la presentaci\u00f3n de demandas ante sus Cortes contra unas 200 empresas cubanas arbitrariamente incluidas en una lista confeccionada por Washington. Nuevamente en abril extendieron el plazo por dos semanas, hasta el primero de mayo manteniendo la excepci\u00f3n contra las entidades cubanas.<\/p>\n<p>Ya en 1996 Fidel Castro hab\u00eda anticipado que la clausula suspensiva era una \u201ctomadura de pelo\u201d. Desde el pasado enero, veintitr\u00e9s a\u00f1os despu\u00e9s, el se\u00f1or Pompeo aparece, en pose dubitativa, \u201cdeshojando la margarita\u201d burl\u00e1ndose de todo el mundo especialmente de sus aliados europeos convirtiendo en papel mojado el compromiso suscrito con ellos.<\/p>\n<p>Este rejuego sirve, sobre todo, para desviar la atenci\u00f3n de lo fundamental, aquello de lo que apenas se habla y a lo que quisiera referirme confiando en la benevolencia de los lectores de Por Esto!<\/p>\n<p><strong>La Helms-Burton tiene cuatro Cap\u00edtulos o T\u00edtulos. El Primero convierte en Ley todas las medidas, que hasta entonces eran decisiones ejecutivas y conforman el bloqueo econ\u00f3mico, comercial y financiero impuesto a Cuba y lo ampl\u00edan y tratan de extenderlo por todo el planeta<\/strong>. La infame pol\u00edtica, as\u00ed Codificada, s\u00f3lo podr\u00eda ser eliminada por una decisi\u00f3n de ambas C\u00e1maras del Congreso.<\/p>\n<p>El Segundo describe, con cierto nivel de detalle, lo que ocurrir\u00eda a partir de la hipot\u00e9tica derrota de la Revoluci\u00f3n cubana como consecuencia de la guerra econ\u00f3mica. Habr\u00eda lo que llaman \u201cper\u00edodo de transici\u00f3n\u201d durante el cual se producir\u00eda el desmantelamiento de todas las instituciones de la sociedad cubana y el pa\u00eds quedar\u00eda bajo total dominio norteamericano. Para que nadie pueda dudarlo el proceso estar\u00eda dirigido por un funcionario norteamericano designado por el Presidente de Estados Unidos al que la Ley pudorosamente denomina Coordinador para la transici\u00f3n en Cuba. Este verdadero proc\u00f3nsul fue designado por W. Bush aunque nunca lleg\u00f3 a cumplir su encomienda en la Isla. Tuvo que dedicarse a promover fuera de Cuba el Plan para la transici\u00f3n que Bush, cumpliendo con la Ley, present\u00f3 al Congreso en 2004 y en una versi\u00f3n ampliada en 2006 y que nadie ha derogado.<\/p>\n<p>A todo lo largo del T\u00edtulo II se repite con machacona insistencia que para la eliminaci\u00f3n del Bloqueo y las futuras relaciones con una supuesta Cuba post-revolucionaria una condici\u00f3n indispensable ser\u00e1 la devoluci\u00f3n de sus propiedades a quienes las perdieron el primero de enero de 1959 (tema al cual deber\u00e9 regresar m\u00e1s adelante).<\/p>\n<p>Hasta aqu\u00ed,<strong>\u00a0con el T\u00edtulo I y el T\u00edtulo II, la Helms-Burton es un texto que pisotea el Derecho Internacional de punta a cabo.<\/strong>\u00a0Su car\u00e1cter extraterritorial es m\u00e1s que obvio pues el archipi\u00e9lago cubano no forma parte del territorio bajo la jurisdicci\u00f3n de Washington.<\/p>\n<p>En adici\u00f3n a lo antes expuesto la Helms-Burton agreg\u00f3 un\u00a0<strong>T\u00edtulo III que establece la posibilidad de promover acciones legales ante tribunales norteamericanos contra empresas o personas que usen de cualquier modo propiedades reclamadas por quienes, alegadamente, eran sus due\u00f1os o sus descendientes<\/strong>. Este T\u00edtulo incluye un art\u00edculo que permite al Presidente suspender el inicio de tales acciones por per\u00edodos semestrales, tema al cual dediqu\u00e9 la parte inicial de este escrito.<\/p>\n<p>Finalmente<strong>\u00a0el T\u00edtulo IV, aplicado ya en varias ocasiones, niega el visado para entrar a Estados Unidos a empresarios y a sus familiares que utilicen propiedades objeto de reclamaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>La Helms-Burton, recuerda la advertencia que muy temprano nos hiciera Carlos Manuel de C\u00e9spedes. El Padre de la Patria cubana, en 1870, descubri\u00f3 que \u201cel secreto\u201d de la pol\u00edtica norteamericana era \u201capoderarse de Cuba\u201d. Gracias a Helms y a Burton los designios del Imperio aparecen a la luz del d\u00eda. Que puedan hacerlos realidad es, desde luego, algo bien diferente.<strong>\u00a0Desde C\u00e9spedes hasta Fidel los cubanos han demostrado que sabr\u00e1n luchar hasta el fin y que jam\u00e1s volver\u00e1n a ser esclavos de nadie.<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0Ricardo Alarc\u00f3n de Quesada (Cubadebate, 13-4-19) &nbsp; La trampa Desde que comenz\u00f3 este a\u00f1o el Departamento de Estado norteamericano ha emitido varios anuncios sobre la suspensi\u00f3n parcial de la aplicaci\u00f3n de algunos aspectos de un cap\u00edtulo de la llamada Ley Helms-Burton. 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