{"id":33330,"date":"2019-05-28T11:51:26","date_gmt":"2019-05-28T15:51:26","guid":{"rendered":"http:\/\/debateplural.com\/?p=33330"},"modified":"2019-05-28T11:51:26","modified_gmt":"2019-05-28T15:51:26","slug":"la-constitucion-del-2010-una-reforma-integral","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/debateplural.net\/site\/2019\/05\/28\/la-constitucion-del-2010-una-reforma-integral\/","title":{"rendered":"La Constituci\u00f3n del 2010: Una reforma integral"},"content":{"rendered":"<p>Leonel Fernandez (Listin, 27-5-19)<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Al fragor del debate pol\u00edtico actual, suele deslizarse la idea de que la reforma constitucional realizada en el 2010 se corresponde con los mismos prop\u00f3sitos u objetivos de otras realizadas a nuestra Carta Sustantiva durante las \u00faltimas dos d\u00e9cadas.<\/p>\n<p>Nada m\u00e1s incierto. De las cuatro reformas efectuadas en nuestro pa\u00eds desde la d\u00e9cada de los 90, solo la del a\u00f1o 2010 tuvo un car\u00e1cter verdaderamente integral. Las dem\u00e1s (1994, 2002 y 2015) se correspondieron con la soluci\u00f3n de una crisis o con hacer posible la reelecci\u00f3n presidencial.<\/p>\n<p>Por ejemplo, la reforma de 1994 se concibi\u00f3 como soluci\u00f3n al conflicto post-electoral entre el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC). Planteaba, entre otros aspectos, la reducci\u00f3n del periodo presidencial en dos a\u00f1os; la eliminaci\u00f3n de la reelecci\u00f3n consecutiva; y la creaci\u00f3n del Consejo Nacional de la Magistratura para la escogencia de los magistrados integrantes del Poder Judicial.<\/p>\n<p>Sin embargo, con la llegada al poder del PRD para el periodo 2000-2004, se puso en ejecuci\u00f3n otra reforma a nuestra Carta Sustantiva, en el a\u00f1o 2002, con la finalidad de facilitar la reelecci\u00f3n, al permitirse un segundo mandato consecutivo.<\/p>\n<p>Eso suscit\u00f3 grandes controversias en el \u00e1mbito pol\u00edtico nacional. Se produjo un amplio rechazo en la opini\u00f3n p\u00fablica. Se gener\u00f3 una escisi\u00f3n interna en el partido de gobierno. Se expandi\u00f3 una crisis de confianza en el sistema de partidos; y en medio de la crisis econ\u00f3mica y social provocada por la quiebra de varios bancos, la ilusi\u00f3n reeleccionista termin\u00f3 por desvanecerse con el voto castigo expresado en las urnas.<\/p>\n<p>Con el naufragio experimentado por el gobierno del partido blanco, retorn\u00f3 al poder en el 2004 un nuevo gobierno del Partido de la Liberaci\u00f3n Dominicana (PLD).\u00a0 Ese gobierno estableci\u00f3 como prioridad superar la crisis econ\u00f3mica heredada de la pasada gesti\u00f3n y aplicar pol\u00edticas orientadas hacia la recuperaci\u00f3n de la estabilidad y el crecimiento de nuestra econom\u00eda.<\/p>\n<p><strong>Proceso de reforma<\/strong><br \/>\nLa situaci\u00f3n de inestabilidad de la econom\u00eda dominicana qued\u00f3 r\u00e1pidamente superada.\u00a0 Se logr\u00f3 recuperar la confianza de los inversionistas; y se retorn\u00f3 a niveles de crecimiento promedio anual de un 7% del PIB.<\/p>\n<p>Alcanzados esos objetivos, el gobierno peledeista pas\u00f3 a concentrarse, a partir de la renovaci\u00f3n de su mandato en el 2008, a establecer en su agenda la materializaci\u00f3n de importantes reformas institucionales, entre las cuales destaca, como elemento fundamental, una reforma a la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p>Para introducir esa reforma a nuestra Ley de Leyes, se puso en pr\u00e1ctica un m\u00e9todo in\u00e9dito, totalmente desconocido en la historia de nuestro pa\u00eds. Se hizo una consulta popular, que aun sin estar contemplada en nuestro ordenamiento jur\u00eddico, permiti\u00f3 una amplia participaci\u00f3n de diversos sectores de la vida nacional en el gran debate acerca de los contenidos que deb\u00edan incorporarse al nuevo texto de la Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>Se integraron al proceso de discusi\u00f3n sobre la reforma constitucional, entre otros, los partidos pol\u00edticos; los medios de comunicaci\u00f3n; los clubes culturales; las iglesias; las universidades; los gremios profesionales; los sectores empresariales; las organizaciones campesinas; los ecologistas; y el movimiento feminista.<\/p>\n<p>Fue un proceso verdaderamente hist\u00f3rico, ejemplar. Con gran entusiasmo, los sectores m\u00e1s representativos de la vida nacional se integraron para aportar ideas, conceptos, valores y principios, a la norma jur\u00eddica por excelencia que servir\u00eda de norte para la consolidaci\u00f3n de la democracia, la libertad, la justicia social y el progreso en la Rep\u00fablica Dominicana.<\/p>\n<p>Conjuntamente con esa consulta popular, se cre\u00f3 una comisi\u00f3n de juristas, compuesta por destacados profesionales del \u00e1mbito del Derecho Constitucional. Estos, a su vez, procuraban darle sentido t\u00e9cnico-jur\u00eddico a las diversas propuestas, que en forma espont\u00e1nea emerg\u00edan del sentimiento, la imaginaci\u00f3n y la creatividad\u00a0 del pueblo dominicano.<\/p>\n<p><strong>Estado democr\u00e1tico y social de Derecho<\/strong><br \/>\nLa reforma constitucional dominicana del 2010 estaba en consonancia con el conjunto de reformas a la Carta Sustantiva que se ven\u00edan realizando en el mundo iberoamericano desde que Espa\u00f1a llev\u00f3 a cabo la suya en 1978.<\/p>\n<p>El proceso de transici\u00f3n de reg\u00edmenes autoritarios a gobiernos civiles electos que logr\u00f3 materializarse en Am\u00e9rica Latina durante los a\u00f1os 80 y 90, motiv\u00f3 que durante esos mismos a\u00f1os, 15 pa\u00edses de la regi\u00f3n procedieran a realizar verdaderas reformas integrales a sus respectivas constituciones.<\/p>\n<p>Fue una \u00e9poca excepcional de la historia democr\u00e1tica de Am\u00e9rica Latina. Se procuraba consolidar el Estado democr\u00e1tico y social de Derecho en nuestra regi\u00f3n. Para alcanzarlo, desde el punto de vista institucional, se procedi\u00f3 a lo que ya se conoce como la era del neo-constitucionalismo latinoamericano.<\/p>\n<p>La Rep\u00fablica Dominicana estaba necesitada de una reforma integral parecida. La Constituci\u00f3n de 1966, que se corresponde con el inicio de la era de Balaguer, dur\u00f3 28 a\u00f1os. Pero ese texto constitucional carec\u00eda de una indicaci\u00f3n de valores y principios; adolec\u00eda de lagunas y gazapos; y estaba afectada de inconsistencias y desatinos.<\/p>\n<p>La reforma de 1994, emanada de la crisis post-electoral, no contribuy\u00f3 a su superaci\u00f3n. Mucho menos la del 2002, que se limit\u00f3, \u00fanica y exclusivamente, a hacer posible un proyecto de reelecci\u00f3n presidencial, que al final se desplom\u00f3 en forma estrepitosa.<\/p>\n<p>Fue, en realidad, la reforma integral del 2010, la que vino a ponerse a tono con, y hasta a superar, conforme al criterio de varios especialistas internacionales de Derecho Constitucional, el moderno sistema de reforma constitucional de Am\u00e9rica Latina.<\/p>\n<p>La reforma constitucional del 2010 estableci\u00f3 con criterios claros e inobjetables el concepto de nacionalidad dominicana. Consagr\u00f3 el principio de Estado democr\u00e1tico y social de Derecho como norma de convivencia pac\u00edfica y civilizada; y estableci\u00f3 nuevas garant\u00edas al pleno ejercicio de los derechos fundamentales.<\/p>\n<p>Esa reforma, adem\u00e1s de consolidar los derechos cl\u00e1sicos, incorpor\u00f3 derechos de segunda y tercera generaci\u00f3n, como son los derechos econ\u00f3micos y sociales; los derechos culturales y deportivos; as\u00ed como los derechos colectivos y difusos, de protecci\u00f3n al medio ambiente y al patrimonio hist\u00f3rico y urban\u00edstico.<\/p>\n<p>De igual forma, permiti\u00f3 la iniciativa legislativa popular; promovi\u00f3 la equidad de g\u00e9nero; cre\u00f3 las figuras del refer\u00e9ndum y el plebiscito; el Consejo del Poder Judicial, el Tribunal Superior Electoral, el Tribunal Superior Administrativo, el Defensor del Pueblo y el Tribunal Constitucional.<\/p>\n<p>Vista en conjunto, tanto por su car\u00e1cter procedimental como por su aspecto sustantivo, la Constituci\u00f3n del 2010, conjuntamente con la de 1963, representa la m\u00e1s profunda, participativa y democr\u00e1tica de todas las constituciones elaboradas en la Rep\u00fablica Dominicana desde su fundaci\u00f3n en el 1844.<\/p>\n<p>Hay quienes, desde un principio, quisieron trivializarla y reducirla al aspecto relativo a los periodos presidenciales. Con eso se intentaba equipararla a las reformas del 2002 y del 2015, las cuales se circunscrib\u00edan, simple y llanamente, a hacer posible la reelecci\u00f3n presidencial de los incumbentes.<\/p>\n<p>Pero no es el caso de la reforma del 2010. Esta fue m\u00e1s all\u00e1. Como ha podido observarse, la reforma del 2010 tuvo visi\u00f3n de futuro al dar origen a un verdadero c\u00f3digo para la consolidaci\u00f3n de la democracia, la justicia y las garant\u00edas de los derechos ciudadanos en nuestro pa\u00eds.<\/p>\n<p>En fin, una Constituci\u00f3n para la historia.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Leonel Fernandez (Listin, 27-5-19) &nbsp; Al fragor del debate pol\u00edtico actual, suele deslizarse la idea de que la reforma constitucional realizada en el 2010 se corresponde con los mismos prop\u00f3sitos u objetivos de otras realizadas a nuestra Carta Sustantiva durante las \u00faltimas dos d\u00e9cadas. Nada m\u00e1s incierto. 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