{"id":44167,"date":"2020-12-03T06:00:19","date_gmt":"2020-12-03T10:00:19","guid":{"rendered":"http:\/\/debateplural.com\/?p=44167"},"modified":"2020-12-02T13:21:27","modified_gmt":"2020-12-02T17:21:27","slug":"la-constitucion-entre-el-esfuerzo-liberal-y-el-obstaculo-conservador","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/debateplural.net\/site\/2020\/12\/03\/la-constitucion-entre-el-esfuerzo-liberal-y-el-obstaculo-conservador\/","title":{"rendered":"La Constituci\u00f3n: entre el esfuerzo liberal y el obst\u00e1culo conservador"},"content":{"rendered":"<p>Teodoro Viola (El D\u00eda, 6-11-20)<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Desde antes de nacer en San Crist\u00f3bal, el 6 de noviembre de 1844 hasta hoy, la Carta Magna ha sido afectada por pugnas grupales, defendido su esp\u00edritu democr\u00e1tico por los liberales e invocada por el conservadurismo para justificar su convicci\u00f3n entreguista y dictatorial.<\/p>\n<p>Los constituyentes<br \/>\nLos legisladores instalados en San Crist\u00f3bal se nutrieron de constituciones liberales para su labor como la francesa, el proyecto duartiano, C\u00e1diz, Manifiesto del 16 de enero, la haitiana y estadounidense.<\/p>\n<p>Sin embargo, la Carta Magna estaba sentenciada por el subyacente control conservador, manifiesto abiertamente en las tareas legislativas y posterior a su aprobaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La convocatoria para la escogencia del congreso elector eman\u00f3 de Pedro Santana, quien presid\u00eda la Junta Central Gubernativa fruto del contragolpe al sector liberal orientado por Francisco del Rosario S\u00e1nchez. La forma de elecci\u00f3n de los constituyentes fue discriminatoria, ya que el derecho al voto era exclusivo de comerciantes, empleados p\u00fablicos, militares, due\u00f1os de inmuebles y solo pod\u00edan ser legisladores los propietarios de bienes ra\u00edces.<\/p>\n<p>De los 32 constituyentes siete eran curas, causa de la influencia cat\u00f3lica en la Ley Sustantiva que en su art\u00edculo 38 estableci\u00f3 la cat\u00f3lica, apost\u00f3lica y romana como religi\u00f3n del Estado.<\/p>\n<div id=\"attachment_14751\" style=\"width: 545px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><a href=\"http:\/\/localhost\/debateplural\/wp-content\/uploads\/2017\/03\/ps.gif\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" aria-describedby=\"caption-attachment-14751\" class=\" wp-image-14751\" src=\"http:\/\/localhost\/debateplural\/wp-content\/uploads\/2017\/03\/ps.gif\" alt=\"\" width=\"535\" height=\"699\" \/><\/a><p id=\"caption-attachment-14751\" class=\"wp-caption-text\">Pedro Santana<\/p><\/div>\n<p>Tambi\u00e9n integraron la constituyente: militares, abogados y miembros de la masoner\u00eda. Resalta la presencia en la Asamblea de Buenaventura B\u00e1ez, Manuel Mar\u00eda Valencia, quien la presid\u00eda, y otros legisladores participantes en la constituyente haitiana de 1843.<\/p>\n<p>Santana en desacuerdo<br \/>\nAunque la Constituci\u00f3n aprobada en San Crist\u00f3bal expresaba esp\u00edritu conservador, garantizaba fundamentos y principios del Estado soberano y democr\u00e1tico, distantes de las pretensiones de Santana, que no ve\u00eda en el documento sustento a su vocaci\u00f3n desp\u00f3tica.<\/p>\n<p>Durante la legislatura los constituyentes lidiaron con provocaciones provenientes de la Junta, que constitu\u00edan intromisi\u00f3n en las atribuciones y fuero del legislador. Sin embargo, el punto m\u00e1s \u00e1lgido de las contradicciones fue la negativa del caudillo seibano a jurar el texto aprobado, amenazando renunciar al poder antes que aceptarlo en esas condiciones.<\/p>\n<p>Como salida al incidente planteado, que colocaba el pa\u00eds al borde de una profunda crisis pol\u00edtica, se propuso, a instancia de Tom\u00e1s Bobadilla y Briones, incluir en la Constituci\u00f3n el funesto art\u00edculo 210 que otorgaba poderes dictatoriales al presidente, los cuales Pedro Santana utiliz\u00f3 sin l\u00edmites contra la disidencia a su forma desenfrenada de ejercer el poder.<\/p>\n<p>El 13 de noviembre se traslad\u00f3 Pedro Santana a San Crist\u00f3bal, rodeado de sus soldados, donde jur\u00f3 la acomodada Constituci\u00f3n y el cargo de presidente de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p>El primer decreto del gobierno constitucional fue el que autoriz\u00f3 imprimir y difundir la viciada constituci\u00f3n, lo que se verific\u00f3 el 24 del mismo mes de la juramentaci\u00f3n, con ocho d\u00edas de fiesta en la capital y en los dem\u00e1s pueblos los que determinaran sus autoridades.<\/p>\n<p>La aplicaci\u00f3n inmisericorde del articulo 210 por Santana no respet\u00f3 condici\u00f3n social, g\u00e9nero, ni sacrificio patri\u00f3tico. Aunque son infinitos los ejemplos, es ic\u00f3nico el fusilamiento de Mar\u00eda Trinidad S\u00e1nchez y su hermanoAndr\u00e9s, t\u00edos de Francisco del Rosario S\u00e1nchez, quien m\u00e1s tarde corri\u00f3 la suerte de sus parientes.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n cayeron ante el \u00edmpetu sanguinario del santanismo los hermanos Jos\u00e9 Joaqu\u00edn y Gabino Puello, Antonio Duverg\u00e9, entre otros comprometidos con el inter\u00e9s nacional.<\/p>\n<p>Reformas<br \/>\nHasta 1854 la Constituci\u00f3n permaneci\u00f3 inc\u00f3lume. Desde entonces ha sufrido 39 modificaciones y varios intentos, el m\u00e1s reciente en 2019. La mayor\u00eda de reformas fueron promovidas por el sector conservador, con las excepciones de 1858 y 1963.<\/p>\n<p>Constituci\u00f3n de Moca<br \/>\nAdem\u00e1s de la causa econ\u00f3mica que motiv\u00f3 la revoluci\u00f3n cibae\u00f1a de 1857, la cual se sald\u00f3 con el derrocamiento de Buenaventura B\u00e1ez y el retorno de Pedro Santana a la presidencia, los l\u00edderes del movimiento esgrimieron en manifiesto del 7 de julio los agravios a los pueblos del Cibao y catalogaron las constituciones de 1844 y 1854 como b\u00e1culos del despotismo y la rapi\u00f1a.<\/p>\n<p>Simult\u00e1neo a la acci\u00f3n militar el gobierno cibae\u00f1o, presidido por Jos\u00e9 Desiderio Valverde, y Benigno Filomeno de Rojas, vicepresidente, convoc\u00f3 una asamblea constituyente, la cual,compuesta por 48 diputados, representantes de 28 comunes inici\u00f3 su legislatura en Moca el 18 de diciembre de 1857 y concluy\u00f3 con una reforma constitucional el 19 de febrero del a\u00f1o siguiente.<\/p>\n<p>Sustentada en principios liberales, la Constituci\u00f3n de Moca estipul\u00f3 componentes esenciales para la institucionalidad y la convivencia democr\u00e1tica como eliminar la pena de muerte y la reelecci\u00f3n consecutiva.<\/p>\n<p>Estableci\u00f3 el sufragio directo, la descentralizaci\u00f3n administrativa y el Poder Municipal que hab\u00eda sido men guado, entre otras disposiciones importantes. La Constituci\u00f3n de Moca dur\u00f3 apenas seis meses, debido a que Santana, cuando tom\u00f3 el poder, restableci\u00f3 la de 1854.<\/p>\n<p>Reforma de 1963<br \/>\nEn el progresista interregno del profesor Juan Bosch y Gavi\u00f1o fue modificada la Constituci\u00f3n, con miras a dotar el pa\u00eds de un texto contentivo de las prerrogativas garantes de las trasformaciones concebidas en la visi\u00f3n social y de Estado del Mandatario.<\/p>\n<p>Promotora del bienestar colectivo, igualdad de oportunidades y apego a la ley, la Carta Magna de 1963 consagr\u00f3 la inviolabilidad de la integridad personal, libertad de creencia, tr\u00e1nsito, reuni\u00f3n y asociaci\u00f3n, pensamiento e imprenta.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n estipul\u00f3 el derecho a huelga de los obreros y a participar de los beneficios de la empresa, as\u00ed como la censura del latifundio, sin vulnerar el derecho a la propiedad privada, conquistas que amenazaban los intereses del poder f\u00e1ctico.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Teodoro Viola (El D\u00eda, 6-11-20) &nbsp; Desde antes de nacer en San Crist\u00f3bal, el 6 de noviembre de 1844 hasta hoy, la Carta Magna ha sido afectada por pugnas grupales, defendido su esp\u00edritu democr\u00e1tico por los liberales e invocada por el conservadurismo para justificar su convicci\u00f3n entreguista y dictatorial. 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