{"id":51113,"date":"2022-08-15T11:46:22","date_gmt":"2022-08-15T15:46:22","guid":{"rendered":"https:\/\/debateplural.com\/inicio\/?p=51113"},"modified":"2022-08-15T11:46:22","modified_gmt":"2022-08-15T15:46:22","slug":"escalada-de-estados-unidos-en-el-secuestro-del-avion-venezolano","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/debateplural.net\/site\/2022\/08\/15\/escalada-de-estados-unidos-en-el-secuestro-del-avion-venezolano\/","title":{"rendered":"Escalada de Estados Unidos en el secuestro del avi\u00f3n venezolano"},"content":{"rendered":"<p>Misi\u00f3n Verdad (14-8-22)<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h4>LA HISTORIA<\/h4>\n<p>El pasado 11 de agosto, el juzgado de Lomas de Zamora (Buenos Aires, Argentina) acept\u00f3 el pedido de incautaci\u00f3n de la aeronave Boeing 747 de la empresa venezolana Emtrasur, retenida ilegalmente en el aeropuerto de Ezeiza desde el 8 de junio. La solicitud fue realizada a principios de este mes al juez argentino Federico Villena, por parte de la Corte Federal del Distrito de Columbia (Washington), la cual fue enviada por el Departamento de Justicia de Estados Unidos\u00a0a las autoridades de la Rep\u00fablica Argentina.<\/p>\n<p>Aceptar esta orden supone un giro en la situaci\u00f3n de secuestro de la aeronave venezolana, en distintos planos. En el jur\u00eddico y judicial, implica un acto de extranjerizaci\u00f3n de la causa, espec\u00edficamente la del avi\u00f3n, pues ahora en las cortes estadounidenses se abrir\u00e1 un juicio para dirimir la disputa sobre su destino final. En el pol\u00edtico- diplom\u00e1tico, significa que la aeronave ha sido efectivamente puesta bajo resguardo de EE.UU. y refleja una intensificaci\u00f3n de las apuestas para tensar al extremo las relaciones bilaterales entre Venezuela y Argentina.<\/p>\n<h4>CONSIDERACIONES ESTRAT\u00c9GICAS<\/h4>\n<p><em>Ministerio de Justicia de Argentina no hizo uso de sus facultades<\/em><\/p>\n<p>El tribunal de Lomas de Zamora, a cargo del juez Federico Villena, respondi\u00f3 el 11 de agosto a una comunicaci\u00f3n remitida por el Dr. Juan Mart\u00edn Mena, secretario de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Naci\u00f3n, el pasado d\u00eda 3 de agosto.<\/p>\n<p>Ese d\u00eda, 3 de agosto, el Dr. Juan Mart\u00edn Mena gir\u00f3 una solicitud de \"diligenciamiento\" (es decir, procesar o tramitar una gesti\u00f3n judicial), en virtud de la solicitud enviada por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, en la investigaci\u00f3n penal identificada como CRM18284488.<\/p>\n<p>Villena advierte en su dictamen que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Naci\u00f3n no ha hecho uso de las facultades que le otorga el art\u00edculo 3 de la Ley 24.034, llamada \"Tratado de Asistencia Jur\u00eddica Mutua en Asuntos Penales entre el Gobierno de la Rep\u00fablica Argentina y el Gobierno de los Estados Unidos de Am\u00e9rica\", en cuanto a los l\u00edmites de la asistencia y\/o la denegaci\u00f3n de esta. Esta Ley data de 1991.<\/p>\n<p>Dicho art\u00edculo prev\u00e9 que \"\u20261. La autoridad central del Estado requerido podr\u00e1 denegar la asistencia si: a) la solicitud se refiere a un delito pol\u00edtico o a un delito previsto en el c\u00f3digo militar pero no en el derecho penal ordinario, o b) el cumplimiento de la solicitud puede perjudicar la seguridad u otros intereses esenciales similares del Estado requerido\u2026\".<\/p>\n<p>El art\u00edculo 3 establece que, si la solicitud (en este caso estadounidense) perjudica los intereses esenciales del Estado requerido (en este caso el argentino), el Poder Ejecutivo puede denegar la solicitud del Departamento de Justicia de Estados Unidos. El juez Villena refiere que este perjuicio no fue manifestado.<\/p>\n<p>Por tanto, se\u00f1ala el dictamen, al no haberse hecho uso de esa facultad, se aprob\u00f3 el tr\u00e1mite correspondiente a la solicitud de asistencia. El Ministerio de Justicia de Argentina no someti\u00f3 el pedido a las condiciones previstas en la ley, para desautorizarlo en su propio marco de disposiciones legales.<\/p>\n<p>Dicho de otra manera, el Ministerio de Justicia no consider\u00f3 que el secuestro del Boeing 747 de bandera venezolana perjudique los intereses del pa\u00eds, actuando en un claro menoscabo de las relaciones diplom\u00e1ticas entre Venezuela y Argentina.<\/p>\n<p>Este giro certifica la divisi\u00f3n del caso en dos frentes: las imputaciones por sospechas de supuesto \"terrorismo\" con respecto a la tripulaci\u00f3n iran\u00ed y el destino del propio avi\u00f3n venezolano, que ahora pasa a instancias judiciales de Estados Unidos en el marco de la supuesta violaci\u00f3n de los controles de exportaci\u00f3n de entidades \"sancionadas\".<\/p>\n<p>MANIOBRAS DE ESTADOS UNIDOS PARA SECUESTRAR EL AVI\u00d3N DE EMTRASUR<br \/>\nEn la investigaci\u00f3n previa al 3 de agosto, no se han demostrado elementos, indicios o pruebas de base para justificar la retenci\u00f3n de la aeronave y sus tripulantes, pero ahora, a partir de la maniobra del Departamento de Justicia de Estados Unidos, se configura un marco para concretar el secuestro.<\/p>\n<p>La fiscal Cecilia Incardona, a cargo de la investigaci\u00f3n, tambi\u00e9n forma parte de la maniobra a favor de la incautaci\u00f3n estadounidense, ya que, desde junio, persigue el embargo del avi\u00f3n. Tanto la fiscal Incardona como el juez Villena son se\u00f1alados por medios, analistas y expertos en la materia de politizar sus cargos y establecer v\u00ednculos de car\u00e1cter no formal con agrupaciones y lobbys de poder de distinta naturaleza.<\/p>\n<p>La solicitud de asistencia de Estados Unidos se soporta en la \"incautaci\u00f3n\/retenci\u00f3n\" de la aeronave, a fin de impedir la \"transferencia\/venta\" de la misma, hasta que el fiscal (estadounidense) pueda obtener una orden de decomiso definitiva de la corte federal del Distrito de Columbia.<\/p>\n<p>El juzgado de Lomas de Zamora procedi\u00f3 avalando esta solicitud. Por la v\u00eda de los hechos, ha dejado el caso de la aeronave fuera de la jurisdicci\u00f3n argentina, someti\u00e9ndola a los designios de tribunales estadounidenses, que, en los \u00faltimos a\u00f1os, han actuado de manera abiertamente lesiva contra Venezuela.<\/p>\n<p>El dictamen dispone de detalles para que las autoridades estadounidenses hagan custodia y mantenimiento del avi\u00f3n, as\u00ed como detalles sobre los pasos a dar, una vez (si se aprueba) la \"confiscaci\u00f3n definitiva\".<\/p>\n<p>Estados Unidos solicit\u00f3 al juzgado la entrega de todos los datos sobre la tripulaci\u00f3n, y \"pruebas de violaci\u00f3n a la Ley estadounidense, incluyendo la financiaci\u00f3n de cualquier vuelo del Boeing a Ir\u00e1n o Rusia\". Igualmente han pedido \"cualquier prueba\" disponible \"de apoyo material o recursos proporcionados, por la aeronave y su tripulaci\u00f3n, a organizaciones terroristas extranjeras designadas\", con la evidente intenci\u00f3n de fabricar un expediente rentable pol\u00edtica y medi\u00e1ticamente.<\/p>\n<p>Luego de las requisas a la aeronave por parte de la Polic\u00eda de Seguridad Aeroportuaria (PASA) en coordinaci\u00f3n con el FBI, ordenadas por el juez Villena, no se han encontrado elementos s\u00f3lidos que se\u00f1alen pruebas incriminatorias.<\/p>\n<h4>ESTADOS UNIDOS PRETENDE MINAR CONFIANZA ENTRE VENEZUELA Y ARGENTINA<\/h4>\n<p>Esta acci\u00f3n de judicializaci\u00f3n de car\u00e1cter pol\u00edtico est\u00e1 especialmente dirigida contra Venezuela en el marco de la operaci\u00f3n de secuestro y robo de sus activos patrimoniales en el extranjero, donde el Boeing 747 de Emtrasur se agrega al registro de confiscaciones ilegales que abarcan 31 toneladas de oro depositadas en el Banco de Inglaterra, la filial de PDVSA en Estados Unidos, Citgo; la empresa petroqu\u00edmica filial de Pequiven en Colombia, Mon\u00f3meros; entre otros recursos de la Rep\u00fablica Bolivariana de Venezuela.<\/p>\n<p>Se trata de un golpe directo que pone el destino de la aeronave en el primer plano del conflicto, a escala pol\u00edtica y medi\u00e1tica.<\/p>\n<p>La aprobaci\u00f3n de la solicitud hecha por el juez Villena implica una desventaja adicional para Venezuela. Las autoridades del Gobierno Bolivariano de Venezuela cuentan con limitaciones y obst\u00e1culos de tipo legal y diplom\u00e1tico para defender legalmente los bienes soberanos retenidos y congelados en el extranjero, lo cual supone una instrumentalizaci\u00f3n pol\u00edtica, adrede, de dichas limitaciones para sacar ventaja.<\/p>\n<p>El gobierno estadounidense no reconoce formalmente a las autoridades de Venezuela. Desde 2019, ha delegado la autoridad de supuesta representaci\u00f3n de la \"parte venezolana\" en distintos litigios a personas investidas de manera ilegal bajo el llamado \"gobierno interino\" encabezado por Juan Guaid\u00f3.<\/p>\n<p>En definitiva, en tanto acciones enmarcadas en el\u00a0<em>lawfare<\/em>\u00a0(guerra judicial) contra Venezuela, ahora cap\u00edtulo Argentina, se busca inhabilitar la defensa legal por parte de Venezuela.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, resulta ins\u00f3lito que el dictamen de un juez federal logre retener una aeronave de un pa\u00eds extranjero por m\u00e1s de dos meses y poner en peligro la estabilidad de las relaciones diplom\u00e1ticas entre ambas naciones, precipitando un clima de enemistad y animadversi\u00f3n.<\/p>\n<p>Estos gestos inamistosos debilitan el esp\u00edritu de colaboraci\u00f3n y entendimiento respetuoso concebido en el marco de relaciones integrales que Argentina ha suscrito y que comparte con Venezuela, en instancias como UNASUR y CELAC, entre otros organismos multilaterales.<\/p>\n<p>Con respecto a las medidas coercitivas unilaterales impuestas contra Venezuela por Estados Unidos, esta maniobra busca alinear a Argentina, disciplinando su pol\u00edtica exterior para forzar que colabore con la campa\u00f1a de sanciones \"ilegales\" y as\u00ed quebrantar el ciclo de recomposici\u00f3n geopol\u00edtica del continente a lo interno de la CELAC, generando divisiones y enfrentamientos entre referentes simb\u00f3licos del organismo.<\/p>\n<p>En t\u00e9rminos t\u00e9cnicos, el argumento del Departamento de Justicia de Estados Unidos con relaci\u00f3n al caso es incongruente. Cuestiona la adquisici\u00f3n del avi\u00f3n por parte de Venezuela a la aerol\u00ednea iran\u00ed Mahan Air, afirmando que la operaci\u00f3n comercial debi\u00f3 estar autorizada por instancias del Departamento del Tesoro.<\/p>\n<p>No obstante, Estados Unidos ha prohibido todo trato comercial con empresas del Estado venezolano y no reconoce a las autoridades leg\u00edtimas del pa\u00eds. Es por ello que, de darse un hipot\u00e9tico pedido de autorizaci\u00f3n para adquirir la aeronave, habr\u00eda sido negado por las propias regulaciones del Departamento del Tesoro, ya que el Gobierno Bolivariano no es reconocido oficialmente por Estados Unidos.<\/p>\n<p>En s\u00edntesis, Estados Unidos habr\u00eda tenido que romper su propio bloqueo, reconocer al Gobierno Bolivariano de Venezuela, para as\u00ed cumplir con sus propias exigencias. El absurdo legal promovido por Estados Unidos y la complicidad del juez Villena y la fiscal Incardona de Argentina confirman que se trata de una maniobra pol\u00edtica para romper la acumulaci\u00f3n del clima de confianza entre Venezuela y Argentina, con miras a debilitar el viraje a la izquierda en la regi\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Misi\u00f3n Verdad (14-8-22) &nbsp; LA HISTORIA El pasado 11 de agosto, el juzgado de Lomas de Zamora (Buenos Aires, Argentina) acept\u00f3 el pedido de incautaci\u00f3n de la aeronave Boeing 747 de la empresa venezolana Emtrasur, retenida ilegalmente en el aeropuerto de Ezeiza desde el 8 de junio. 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