{"id":61148,"date":"2026-03-19T11:58:39","date_gmt":"2026-03-19T15:58:39","guid":{"rendered":"https:\/\/debateplural.net\/site\/?p=61148"},"modified":"2026-03-19T11:58:41","modified_gmt":"2026-03-19T15:58:41","slug":"derechos-humanos-un-camino-ondulante","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/debateplural.net\/site\/2026\/03\/19\/derechos-humanos-un-camino-ondulante\/","title":{"rendered":"Derechos humanos: un camino ondulante"},"content":{"rendered":"\n<p>Juan J. Paz-y-Mi\u00f1o Cepeda (Historia y Presente, 19-3-26)<\/p>\n\n\n\n<p>La Revoluci\u00f3n Francesa de 1789 fue un acontecimiento de importancia universal. El 26 de agosto de ese a\u00f1o la Asamblea Nacional Constituyente acord\u00f3 la \u201cDeclaraci\u00f3n de los Derechos del Hombre y del Ciudadano\u201d, un texto de 17 art\u00edculos (<a rel=\"noreferrer noopener\" href=\"https:\/\/pazymino.us7.list-manage.com\/track\/click?u=c3e3bed0077c1d7adb5463ee7&amp;id=12a4dc2135&amp;e=4c6ab8a2de\" target=\"_blank\">https:\/\/t.ly\/wBddp<\/a>) que inaugur\u00f3 los&nbsp;<em>derechos civiles y pol\u00edticos<\/em>&nbsp;que se denominan de \u201cprimera generaci\u00f3n\u201d. En Am\u00e9rica Latina existe una larga historia de asimilaci\u00f3n y ampliaci\u00f3n de esos derechos. &nbsp;<br><br>En efecto, la traducci\u00f3n que hiciera Antonio Nari\u00f1o y la publicaci\u00f3n clandestina de esa Declaraci\u00f3n en Bogot\u00e1 en 1793, enriquecieron los ideales independentistas con las proclamas de libertad, igualdad y soberan\u00eda popular. Los dos primeros art\u00edculos de la Declaraci\u00f3n tienen un alcance de actualidad:&nbsp;<em>Art. 1. Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos\u2026 Art. 2. La finalidad de cualquier asociaci\u00f3n pol\u00edtica es la protecci\u00f3n de los derechos naturales e imprescriptibles del Hombre. Tales derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresi\u00f3n<\/em>.<br><br>Sin embargo, la declaraci\u00f3n originaria no contempl\u00f3, en forma expl\u00edcita, la abolici\u00f3n de la esclavitud. Los plantadores y comerciantes franceses se resistieron a que los derechos se aplicaran en las colonias, donde las plantaciones de az\u00facar y caf\u00e9, como en la isla de Saint-Domingue -hoy Hait\u00ed- empleaban esclavos. Adem\u00e1s, argumentaban que los negros no pod\u00edan ser ciudadanos y que la protecci\u00f3n a la propiedad privada inclu\u00eda a los esclavos. Pero fueron las revueltas de los negros esclavos en Hait\u00ed las que obligaron a la abolici\u00f3n de la esclavitud en Francia en 1794 y que lograron la independencia de la isla-colonia en 1804. La Constituci\u00f3n haitiana de 1805 proclam\u00f3: Art. 2. \u00abLa esclavitud queda abolida para siempre\u00bb<\/p>\n\n\n\n<p>En el conjunto latinoamericano, la abolici\u00f3n de la esclavitud se inici\u00f3 con la \u201cLibertad de vientres\u201d, por la cual eran libres los hijos de las esclavas. De modo que las aboliciones se sucedieron en Chile (1811 y definitiva 1823), M\u00e9xico 1810 y definitiva 1829), Argentina (1813 y definitiva 1853) y se generalizaron a mediados del siglo XIX, como en Uruguay (1842), Colombia (1851), Ecuador (1852), Per\u00fa (1854), Venezuela (1854), aunque los \u00faltimos pa\u00edses en abolirla fueron: Puerto Rico (1873), Cuba (1886) y Brasil (1888). Los amos \u201cperjudicados\u201d fueron indemnizados.<br><br>Sin embargo, ese proceso contrast\u00f3 con la situaci\u00f3n en la que quedaron los indios a ra\u00edz de las independencias. Aunque la Corona reconoc\u00eda las \u201cRep\u00fablicas de Indios\u201d (que deb\u00edan pagar tributos) y garantiz\u00f3 sus tierras comunales, los nuevos Estados nacionales impusieron la&nbsp;<em>propiedad privada individual<\/em>, un concepto que posibilit\u00f3 afectar las tierras comunales. Las haciendas y plantaciones crecieron a costa de las comunidades ind\u00edgenas, mientras que sobre sus poblaciones se afirm\u00f3 una rigurosa explotaci\u00f3n a trav\u00e9s de varias formas coercitivas del trabajo: peonaje por deudas, \u201cservicio personal\u201d, leyes de \u201cvagancia\u201d, concertaje, pongueaje, exclusi\u00f3n de la ciudadan\u00eda (sobre todo por ser poblaci\u00f3n \u201canalfabeta\u201d) y las represiones sangrientas, como las que ocurrieron en los pa\u00edses Andinos. La liberaci\u00f3n plena de los ind\u00edgenas solo ocurri\u00f3 en el siglo XX gracias a la insurgencia de sus poblaciones, las reformas agrarias y el reconocimiento constitucional. Ecuador reconoci\u00f3 los derechos de las comunidades y las lenguas abor\u00edgenes en la Constituci\u00f3n de 1998 y fue pionero en proclamar el Estado Plurinacional y los Derechos de la Naturaleza en la Constituci\u00f3n de 2008, mientras Bolivia lo hizo en la Constituci\u00f3n de 2009.<br><br>Los derechos civiles y pol\u00edticos fueron consagrados por las distintas Constituciones latinoamericanas a diverso ritmo: Venezuela (1811), Cundinamarca (1811), Argentina (1853), M\u00e9xico (1857) o Ecuador, en las Constituciones de 1897 y sobre todo de 1906 considerada la \u201cCarta Magna del Liberalismo\u201d. Debieron enfrentar la oposici\u00f3n de las oligarqu\u00edas, la iglesia cat\u00f3lica y los conservadores. Adem\u00e1s, si bien en Ecuador la Constituci\u00f3n de 1897 aboli\u00f3 la pena de muerte para&nbsp;delitos pol\u00edticos&nbsp;y comunes, la mantuvo para ciertos delitos militares; pero la de 1906 aboli\u00f3 esa pena en forma definitiva para todo tipo de delitos y reconoci\u00f3 la \u201cinviolabilidad de la vida\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Am\u00e9rica Latina es la primera regi\u00f3n del mundo en abolir la pena de muerte: Venezuela (1863), Costa Rica (1877), Uruguay (1907), Colombia (1910), Panam\u00e1 (1922). La Constituci\u00f3n Mexicana de 1917 fue la primera en proclamar los derechos laborales. Ecuador es, adem\u00e1s, el primer pa\u00eds que reconoci\u00f3 el voto femenino en la Constituci\u00f3n de 1929 fruto de la Revoluci\u00f3n Juliana y que tambi\u00e9n otorg\u00f3 el voto a los \u201canalfabetos\u201d en la Constituci\u00f3n de 1979. Tambi\u00e9n es Am\u00e9rica Latina la primera en proclamarse como Regi\u00f3n Libre de Armas At\u00f3micas en el Tratado de Tlatelolco de 1967 y en reconocerse como Zona de Paz en la II Cumbre de la CELAC de 2014.<br><br>Si bien la Declaraci\u00f3n de los Derechos en Francia incluy\u00f3 la libertad personal, la presunci\u00f3n de inocencia y el debido proceso, la creciente conciencia humanista condujo a desarrollarlos y ampliarlos. La \u201cDeclaraci\u00f3n Universal de los Derechos Humanos\u201d de la ONU fue adoptada en 1948 con 30 art\u00edculos (<a rel=\"noreferrer noopener\" href=\"https:\/\/pazymino.us7.list-manage.com\/track\/click?u=c3e3bed0077c1d7adb5463ee7&amp;id=918067a30c&amp;e=4c6ab8a2de\" target=\"_blank\">https:\/\/t.ly\/H2zZz<\/a>) sobre igualdad, libertad, derechos civiles y pol\u00edticos, econ\u00f3micos y sociales, educaci\u00f3n, cultura y la prohibici\u00f3n de la esclavitud y la tortura, porque son supremos la vida, la integridad y la dignidad de toda persona, incluyendo la de los detenidos por cualquier tipo de delito. Por eso las c\u00e1rceles \u201cmodelo\u201d, de El Salvador, como el Centro de Confinamiento del Terrorismo (CERCOT), han sido ampliamente denunciadas por organismos de derechos humanos, por ser lugares donde se violan, con total impunidad, los derechos humanos. Lo peor es que el modelo salvadore\u00f1o de \u201cmegac\u00e1rceles\u201d bajo pol\u00edticas de \u201cmano dura\u201d es una tendencia que se ha replicado en otros pa\u00edses: Costa Rica, Colombia, Honduras y Ecuador.<br><br>El reconocimiento de los derechos humanos y la garant\u00eda que el Estado te\u00f3ricamente les proporciona, no han impedido su violaci\u00f3n. La lucha contra el \u201ccomunismo\u201d en Am\u00e9rica Latina condujo a cr\u00edmenes de lesa humanidad por parte de las dictaduras militares del Cono Sur en las d\u00e9cadas de los 60 y 70 del pasado siglo. Ese riesgo tambi\u00e9n existe con las pol\u00edticas de \u201cguerra interna\u201d contra el narcotr\u00e1fico y el terrorismo, un concepto bajo el cual, de acuerdo con la experiencia latinoamericana (como ocurri\u00f3 con el \u201cPlan Colombia\u201d) se crean \u201cfalsos positivos\u201d o se intenta vincular a las fuerzas de oposici\u00f3n, los progresismos de izquierda y a los movimientos sociales con acciones delictivas o terroristas.<br><br>En la actual coyuntura hist\u00f3rica se suman la&nbsp;<em>Estrategia de Seguridad Nacional<\/em>&nbsp;de los Estados Unidos, el&nbsp;<em>Corolario Trump<\/em>&nbsp;y su&nbsp;<em>Estrategia de Defensa<\/em>&nbsp;que imponen prioridad a los intereses norteamericanos en todo el continente, con un llamado a utilizar las fuerzas armadas de la regi\u00f3n para frenar, ante todo, la expansi\u00f3n de China (tambi\u00e9n Rusia y los BRICS); combatir el crimen organizado, narcotr\u00e1fico y terrorismo; impedir la migraci\u00f3n irregular y legitimar el acceso norteamericano a los recursos naturales (como \u201ctierras raras\u201d), sin anteponer la soberan\u00eda nacional. Por todo lo cual queda en claro que Am\u00e9rica Latina tiene por delante serios desaf\u00edos para&nbsp;<em>recuperar<\/em>&nbsp;la defensa de los derechos humanos forjados hace dos siglos, que son afectados en un ambiente de adversidades provenientes de la militarizaci\u00f3n de la vida cotidiana a trav\u00e9s de \u201cestados de excepci\u00f3n\u201d que se justifican por motivos de seguridad interna y, sobre todo, porque en la regi\u00f3n han avanzado las \u201cnuevas derechas\u201d y los gobiernos empresariales, que han demostrado subordinarse a las pol\u00edticas del americanismo Donroe.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Juan J. Paz-y-Mi\u00f1o Cepeda (Historia y Presente, 19-3-26) La Revoluci\u00f3n Francesa de 1789 fue un acontecimiento de importancia universal. 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